La jueza con competencia electoral María Servini rechazó un pedido para que se le ordene al Gobierno nacional que, hasta el balotaje, se abstenga de otorgar fondos públicos para captar votos.
Lo hizo en el marco de la causa que generó la ONG Bases Repúblicas contra Sergio Massa, ministro de Economía y candidato oficialista, por una anuncio que hizo la semana pasada escoltado por la titular de la ANSES, Fernanda Raverta, sobre la ampliación de la línea de créditos para jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia.
El grupo denunció que el alto funcionario cometió los delito de abuso de autoridad y violación de deberes.
Expuso que la medida viola el Código Nacional Electoral, que prohíbe hacer publicidad con actos gubernamentales que tiendan a captar el voto 25 días de las elecciones.
“Estando prevista la segunda vuelta para el 19 de noviembre, claramente el anuncio fue formulado dentro del plazo de veda electoral al respecto, pues tiende necesariamente a captar voluntades en favor de quien lo formula”, sostuvo la entidad.
Bajo esa premisa, pidió que se dictara una medida cautelar en la que se les ordene a Masa, a Raverta, al presidente Alberto Fernández y al jefe de Gabinete (y candidato), Agustín Rossi que “se abstengan de disponer de fondos para el otorgamiento de créditos o cualquier otra erogación vinculada al anuncio efectuado el 1 de noviembre”, en el entendimiento de que se trata de acciones que podrían estar dirigidas “al condicionamiento de los electores”.
Cronograma
El Ministerio de Economía compareció y pidió el cierre del expediente. Los abogados de la cartera alegaron que los créditos son preexistentes y que forman parte de un cronograma. Alegaron que su fin “no es promover o desincentivar la captación de sufragio a favor de ninguno de los candidatos, sino la de cumplir los objetivos de un programa de estado”.
Servini estimó que lo que se pretendía con la cautelar es similar al fondo del asunto y que todo debe analizarse posteriormente, por lo que le encomendó al fiscal Ramiro González que avance con la pesquisa.
La jueza indicó que el representante del Ministerio Público Fiscal es quien debe motorizar los pasos necesarios para determinar la concreción o no del hecho.
“La concesión de una medida preventiva como la requerida siempre puede implicar penetrar en la concreta ponderación del meollo denunciado, aspecto que debe ser materia de juzgamiento en oportunidad de emitir la sentencia de mérito que habrá de dirimir la investigación, pudiendo -de lo contrario- incurrir en prejuzgamiento”, sostuvo Servini.
Ampliación
La sentenciante opinó que el anuncio sobre los créditos “sería una ampliación” de lo ya resuelto por el Ejecutivo mediante el decreto 674/21, por lo que, a su juicio, podría resultar atendible el argumento esgrimido por el representante de Economía en cuanto a que la decisión objeto de la controversia se trataría “de una política de Estado”.
Otros casos
Servini recordó que hubo otros supuestos en los que se le ordenó al Estado Nacional suspender planes porque podrían tener la intención de buscar votos. Citó que ocurrió durante el gobierno de Mauricio Macri, con anuncios del Ministerio de Trabajo, o en 2021, para las elecciones legislativas, con bonos del Ministerio de Cultura. No obstante, aclaró: “Hay que considerar cada caso en particular, ya que el dictado de una cautelar tiene como fin tender a impedir que el derecho cuyo reconocimiento se pretender obtener pierda su eficacia entre el tiempo que transcurra desde el inicio del proceso hasta el dictado de la sentencia definitiva”.
Fuero: Federal
Tribunal: Juzgado Federal con competencia Electoral
Voces: medida cautelar, anuncios con fondos públicos, balotaje
Fuente: comercio y justicia