Asociación de Monotributistas advierte sobre la importancia de conocer los términos y condiciones del crédito y no caer en trampas bancarias.
El anuncio del Ministro de Economía y candidato a la Presidencia, Sergio Massa, sobre la disponibilidad de un crédito subsidiado para monotributistas ha generado gran interés entre aquellos que luchan con dificultades económicas. Sin embargo, antes de correr al banco, es importante comprender los términos y condiciones de este beneficio. Noelia Villafañe, contadora y jefa de la asociación que representa a los monotributistas, respondió a diversas preguntas para aclarar dudas y advertir.
¿Qué es el estado del nuevo crédito para monotributistas?
El crédito sigue en sus etapas finales y se espera que esté disponible en los bancos dentro de los próximos 15 días.
¿Todas las instituciones financieras ofrecerán el crédito?
No necesariamente. Solo los bancos que firmen la llamada «offer letter» ofrecerán el crédito. Por lo tanto, recomendamos no apurarse al banco y esperar a que el crédito sea disponible a través de los bancos que firmen el acuerdo.
¿Cuál es el objetivo de la convocatoria de la Asociación?
Los Monotributistas Asociados de la República Argentina convocan a todos los monotributistas que fueron a los bancos para solicitar el crédito anterior y que hoy necesitan el actual. La asociación proporcionará herramientas y los acompañará para evitar que los bancos los engañen o los presionen para venderles créditos propios. Exigimos fin a esta mistreatment de los monotributistas por parte de las instituciones financieras.
¿Cuánto se puede solicitar por categoría?
Las cantidades que se pueden solicitar varían según la categoría: las categorías A y B pueden solicitar hasta $1.2 millones; las categorías C, D y E pueden solicitar hasta $2 millones; y las categorías F, G, H, I, J y K pueden solicitar hasta $4 millones. Estas cantidades pueden aumentar en un 50% si hay un historial de pago bueno con el FOGAR.
¿Cómo secreditará el dinero?
A diferencia de otras veces, el crédito no se emitirá a través de tarjetas de crédito, sino directamente en la cuenta del contribuyente. No habrá pago anticipado o plazo fijo, ni se podrá utilizar para comprar dólares. Los que ya tienen acceso a dólares podrán hacerlo si reciben el crédito.
En cuanto al componente tributario, ¿qué pasa con la exención?
Villafañe aclaró que la exención de no pagar el componente tributario durante seis meses se aplica al componente integrado y a las categorías A, B, C y D. Actualmente, las categorías A y B ya están eximidas de pagar el tributo, siempre y cuando no tengan otros ingresos. Esta exención se aplica al pago y no al posponimiento, ya que se trata de un decreto del Poder Ejecutivo que debe ser ratificado por el Congreso, lo qual indica la ley. Sin embargo, en la práctica, se trata de una exención y no se cobrará después.
Fuente: actualidad jurídica