Coronavirus en la Argentina: sobreseen a una decena de abogados que se manifestaron durante la cuarentena

Una decena de abogados que hicieron una protesta en junio pasado frente a los Tribunales y la sede del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal para reclamar poder trabajar fueron sobreseídos por la Justicia al considerar que con su manifestación no violaron el decreto que establecía el aislamiento social ni pusieron en peligro la salud pública.

El fallo fue dictado por el juez federal Julián Ercolini, a instancias del fiscal Gerardo Pollicita, quienes entendieron que no hubo delito con la marcha y que se trataba de ejercer la libertad de expresión, de petición, de reclamo, de reunión, de asociación, con distancia social, medidas de cuidado sanitario y sin poner en riesgo la salud pública, dado que ninguno tenía la enfermedad causada por el Covid-19.

El asunto se inició a raíz de una querella que presentó Ana Laura Núñez, en representación del Colegio Público de Abogados de la Ciudad de Buenos Aires, debido a que un grupo de letrados -de una lista opositora a la oficialista en el organismo- se manifestó el 4 de junio en la escalinata de Tribunales y, luego, frente a la sede de la entidad de los abogados, distante a dos cuadras. Dijo que los manifestantes rompieron la cuarentena, provocaron daños en la persiana metálica, cometieron actos de violencia y pusieron en riesgo la salud de la gente.

Los acusados, que fueron defendidos por el abogado Manuel Romero Victorica -ahora sobreseídos-, son Juan Pablo Godoy, Myriam Rebolero, Claudia Cruz, Iván Ordas, María Cristina Pietruszka, Ariel Estrampes, Gabriela Vega, Marina Brochia, Rubén Cantero, Alejo Sobrado Sola y Jorge Antonio Alarcón.

El fiscal Pollicita entendió que no había evidencia de los daños denunciados, analizó las imágenes de las cámaras de la ciudad, que no revelaron daños, y dijo que la policía intervino, pero no labró ningún sumario porque entendió que no había delito, e instó al sobreseimiento de los acusados.

El Colegio de Abogados insistió como querellante y sumó fotos donde se ven daños en la cortina metálica, que fueron reparados, e insistió con el procesamiento de los acusados.

El juez Ercolini finalmente analizó la evidencia y señaló que no hay controversia en cuanto a que la decena de abogados se manifestó primero ante la Corte y luego ante el Colegio de Abogados reclamando que se abriera la posibilidad de trabajar de manera remota. Dijo el juez que los manifestantes cumplieron con las medidas de seguridad e higiene que fueron recomendadas por autoridades, que usaban protección y mantenían distancia social. Contaban con permiso de circulación y aun cuando hubieran caminado dos cuadras desde los tribunales al Colegio, eso no implica un delito.

Sostuvo el juez que los manifestantes no se manifestaron con intención de incumplir la cuarentena, sino para pedir a la Corte y al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal justamente poder volver a cumplir con sus funciones mediante el teletrabajo.

«Su movilización fue en el marco del ejercicio de un derecho y para reclamar, ante las autoridades competentes al efecto, la posibilidad de poder ejercer otro -trabajo- y bajo una modalidad que justamente fue diseñada para garantizar la seguridad de los agentes del sistema; concretamente la labor a través de plataformas digitales desde sus hogares», escribió. Y agregó que «se trató de un encuentro pacífico en el que los reclamos se hicieron oír mediante aplausos y expresiones orales sin que se hubiera recurrido a la violencia o al uso de objetos contundentes».

Con respecto a los supuestos daños en la cortina, el juez dijo que las fotos se agregaron cuatro meses después de la denuncia y es imposible establecer cuándo ocurrieron. Tampoco se puede determinar cuál de los acusados lo realizó, ya que se trató de una manifestación. «Ello afectaría el principio de culpabilidad en tanto se les estaría atribuyendo un hecho del que no participaron ni dolosa ni culposamente. Es decir, el reproche sería por haber estado en ese lugar y no por haberlo hecho, lo que daría lugar a una especie de responsabilidad objetiva», concluyó el juez y sobreseyó a todos.

Fuente: La nacion

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