Coronavirus en Argentina: la Corte habilitó el trámite de juicios por narcotráfico, trata, concursos de acreedores y despidos

Siguiendo el criterio del Poder Ejecutivo, extendió la feria judicial hasta el 24 de mayo, pero cada distrito podrá incluir más actividades según su situación epidemiológica. Protocolos de trabajo y limpieza.

Luego de leer con cuidado los términos del decreto de necesidad y urgencia con el que Alberto Fernández extendió la cuarentena a partir de este lunes, la Corte Suprema de Justicia acompañó el criterio federal de esta nueva etapa: si bien prolongó la feria judicial extraordinaria hasta el 24 de mayo inclusive -aunque desde ahora todos los jueces del máximo tribunal ocuparán sus oficinas- autorizó a las Cámaras Federales y de Casación a habilitar el avance de los expedientes referidos a delitos de narcotráfico, trata de personas, delitos informáticos, concursos de acreedores, juicios laborales y previsionales, amparos y aquellos en los que la fiscalía o los querellantes soliciten su continuidad, pedidos que serán analizados por los respectivos jueces.

«El criterio que guía este Tribunal como cabeza de un Poder del Estado, es lograr el mayor aumento de la prestación del servicio necesario para la comunidad compatible con la preservación de la salud de las personas que lo prestan la de aquellos que concurren recibirlo», justifica la Corte en la Acordada de este lunes, en la que mantiene el horario de 9 a 13.30 para los tribunales.

Junto con el anuncio de la extensión -y modificación- de la feria judicial, la Corte difundió cuatro protocolos para organizar el trabajo: el «Protocolo de pautas para la tramitación de causas judiciales durante la feria extraordinaria», que contiene los cambios en esta nueva etapa; el «Protocolo referido a  la convocatoria de funcionarios y empleados», que establece pautas de traslado y permanencia del personal convocado a sus oficinas; el «Protocolo para formular consultas en el Poder Judicial», y el «Protocolo de medidas de prevención, higiene y seguridad para el Poder Judicial de la Nación» ante la Pandemia.

«Se deberá priorizar el empleo de las herramientas digitales disponibles que permitan la tramitación remota de las causas y el uso de la firma electrónica digital», advierte la Corte, que también le pide al Consejo de la Magistratura los recursos técnicos para poder facilitar el avance de este cambio tecnológico en el que el Poder Judicial venía largamente retrasado. De la misma manera, dice el máximo tribunal «debe procurarse que los magistrados, funcionarios y empleados cumplan sus funciones prioritariamente desde sus domicilios, y sólo de manera presencial cuando sea estrictamente necesario«.

Como criterio general, los cortesanos recordaron a «Los tribunales que ejerzan la superintendencia del fuero o jurisdicción deberán tener especialmente en cuenta las disposiciones legales referidas al aislamiento social, preventivo obligatorio, y a la reapertura progresiva en las distintas ciudades y regiones del país, aplicables al ámbito de su jurisdicción», para lo cual les pidieron a las Cámaras Federales y Tribunales Orales con  sede en las provincias que armonicen las medidas a adoptar para «coincidir, en la mayor medida posible, con el grado de apertura dispuesto por las justicias provinciales respectivas.»

No es todo. Según las condiciones epidemiológicas de cada jurisdicción, las Cámaras Federales de las provincias «podrán evaluar requerir este Tribunal el levantamiento de la feria en su jurisdicción respecto de algunos tribunales bajo su superintendencia

Más allá de  las consideraciones regionales, que deberán consultarse con la Corte, los tribunales que tengan su cargo la superintendencia de cada fuero o jurisdicción podrán ampliar las materias a ser consideradas durante esta feria extraordinaria, «entre otros», respecto a causas por narcotráfico; trata de personas; delitos informáticos; causas penales con investigados imputados desconocidos no detenidos, a pedido de la Fiscalía y del querellante. «En este caso, el juez valorará la procedencia o no de la habilitación pretendida».

En materia no penal, se habilitarán los «amparos contra actos de particulares; juicios laborales; habeas data; procesos de daños y perjuicios; de naturaleza previsional; de regulación por honorarios profesionales en todos los procesos; sucesiones, concursos de acreedores y procesos voluntarios«. Esta breve enumeración alivia la formidable presión de colegios de abogados y otros actores para descongelar miles de procesos que quedaron detenidos el 20 de marzo.

A partir de este lunes, además, los jueces podrán habilitar de forma remota la feria judicial para dictar sentencias definitivas «en aquellos expedientes que se encuentren en condiciones de ser resueltos». Si este ocurriese, las partes involucradas en esas sentencias «podrán pedir habilitación especial para continuar el tramite, de forma fundada, el magistrado resolverá sobre su procedencia no.»

Respecto de los juicios orales, los Tribunales, Cámaras de apelación y Cámaras de Casación «deberán informar a esta Corte Suprema la forma en que continuarán los juicios orales que tengan en trámite, con procedimientos a distancia». Varios juicios por corrupción, por ejemplo, entrarían bajo esta categoría. 

Otro de los protocolos aprobados por la Corte refiere a las condiciones bajo las cuales trabajarán los funcionarios y empleados de la justicia a partir de ahora, una procupación que mantenía en estado de alerta al gremio conducido por Julio Piumato.

Se reitera que «el trabajo presencial se cumplirá prioritariamente por jueces funcionarios», y se establece que cada tribunal deberán establecerse las funciones y tareas prioritarias. Del mismo modo, hay que definir qué tareas se pueden desempeñar «de modo no presencial».

«En los casos en que sean necesario servicios presenciales, se deberá definir la dotación de personal mínima. En este supuesto, se dará prioridad a las personas que tengan su domicilio cerca del lugar donde prestarán el servicio, los que puedan evitar el transporte público y quienes no estén incluido en licencias especiales o integren grupos de riesgo». También se tendrá en cuenta a los trabajadores con hijos en edad escolar, hasta que el gobierno ordene el reinicio de las clases.

También se recomienda organizar el traslado del personal para «evitar el transporte público», y adoptar el trabajo en turnos rotativos con horarios diferentes.

Para la habilitación de mesas de entrada y oficinas de consultas, se reitera la prioridad de hacerlo por medios digitales, y para los trámites imprescindibles en los que fuera necesaria la asistencia presencial se dispondrá la asignación de turnos de forma remota, sea a través de una aplicación o por correo electrónico».

Al personal judicial que a partir de ahora asista a los lugares de trabajo en oficinas se le recomienda que se tomen la temperatura corporal en sus hogares, y «aquellos empleados que presenten febrícula -37,5-, no sientan olor ni sabor o tengan síntomas respiratorios como tos y dolor de garganta deberán llamar al médico desde su domicilio, no concurrir al lugar de trabajo y , dar aviso la autoridad que corresponda».

En los tribunales, además de inundar todo con dispenser de alcohol en gel y recomendar el lavado de manos frecuente, no se podrán utilizar oficinas sin ventilación, y deberán evitarse las reuniones, mantener las puertas de las oficinas abiertas y los pasillos despejados, y evitar lo más posible el traslado de expedientes. En las oficinas en las que se atiende al público, deberán colocarse barreras de acrílico, como las que se ven en los supermercados.

También se establecen procedimientos de acción si se detectan casos sospechosos de coronavirus, que deberán notificarse al departamento de medicina laboral de la dependencia y aislar a las personas que hayan trabajado con el posible contagiado. Si el se confirma el diagnóstico de coronavirus en dos o más personas, la oficina en la que desempeñen deberá ser cerrada por 72 horas para una desinfección y limpieza profundas.

Fuente: Clarin

Actualidad Juridica Online - Pruébelo sin cargo!