Ingrid Florindo fue condenada como integrante de una banda que comercializaba estupefacientes que provenían del norte del país. Se le había otorgado la domiciliaria tras haber sido detenida durante la investigación. A través del seguimiento de sus posteos en redes sociales realizado por el Ministerio Público Fiscal, se pudo comprobar que salía con frecuencia de su hogar e incluso participaba de eventos deportivos.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Córdoba revocó la prisión domiciliaria de una mujer condenada por narcotráfico debido a que incumplió con las reglas que se le fijaron bajo esa modalidad de detención. Los jueces hicieron lugar a lo solicitado por el titular de la Fiscalía Nº 3 ante el TOCF, Carlos Casas Noblega, que había solicitado esta medida luego de que se comprobase a través de posteos en redes sociales que la imputada salía con frecuencia de su hogar e incluso participaba de eventos deportivos.
Debido a esta situación, Ingrid Florindo fue condenada a seis años y nueve meses de prisión de cumplimiento efectivo en el Establecimiento Carcelario N° 1 de Bower por el delito de transporte de estupefacientes, agravado por la intervención de tres o más personas, en calidad de coautora. De acuerdo a la acusación, entre el mes de octubre de 2019 y el 13 de febrero de 2020, Florindo realizó maniobras de tráfico de estupefacientes de manera organizada junto a Lorenzo Javier González, Miguel Ángel Merelez Ramírez y Lorenzo Prieto Domínguez, que también fueron condenados, y con otra mujer actualmente prófuga.
Florindo poseía contactos con diversas líneas de aprovisionamiento en las provincias de Tucumán y Salta, en la República de Bolivia y en la República de Paraguay, pactó con González la adquisición de 315 kilos de marihuana para su posterior comercialización. Ambos coordinaron entre sí los pormenores de la transacción, y acordaron con Ramírez, Prieto Domínguez y la mujer el traslado de la sustancia desde la provincia de Corrientes hasta el domicilio de Florindo.
Para trasladar el material sin ser detectado por posibles controles policiales, dispuso dos automóviles, uno no individualizado para que funcione como “campana” o “puntero” en la ruta elegida para el viaje y otro más acondicionado para poder llevar la carga en su interior, conducido por Ramírez junto a su pareja y sus tres hijos, con el objeto de que los menores sirvieran para dar una imagen familiar que no despertase sospechas. Luego de que se realizaran allanamientos y detenciones ordenados a partir de las tareas de investigación realizada, se dispuso la prisión preventiva de todos los acusados, que en el caso de Florindo contó con el beneficio domiciliario, concedido por el Juzgado Federal N° 1 el 2 de abril de 2020.
Durante el debate, Casas Noblega demostró que la acusada incumplió con la modalidad de pena en reiteradas ocasiones. Según información recabada por la fiscalía a partir de las redes sociales Facebook e Instagram, se pudo conocer que Florindo había violado, de manera continuada, la prisión domiciliaria. Para acreditar esta acusación, acompañó fotografías en las que se la puede ver junto al cantante de cuarteto Cachumba el 17 de septiembre de este año (en los días previos a la celebración del debate), como también fotos y videos de un campeonato de fútbol femenino, en el que participó el equipo “Las Diablitas”, del cual Florindo era la directora técnica y a quien el 26 de septiembre del corriente año se le entregó una distinción como mejor Directora Técnica del campeonato femenino. A partir de la presentación del Ministerio Público Fiscal, el Tribunal se contactó tanto con los responsables del campeonato, que aseguraron que el torneo se llevó a cabo durante septiembre y octubre de este año y con celebración los días domingos en el predio Club Juniors, ya también con la persona encargada del alquiler de las canchas del predio, que ratificó las fechas.
La recolección de pruebas por parte del Ministerio Público Fiscal fue a través de la técnica OSINT (por sus siglas en inglés, Open Source Intelligence), conocida como inteligencia en redes abiertas. Esta técnica permite extraer determinada información contenida en fuentes de acceso público, es decir, con disponibilidad irrestricta, para lo cual lo único que se necesita es un dispositivo electrónico con conectividad a internet. Así fue posible acceder a numerosas fotografías del campeonato de fútbol, un video en el que se le hace entrega del premio por haber sido sorteada como la mejor directora técnica del certamen y una foto en un recital de cuarteto, todo ello en fechas en que debía permanecer en su domicilio.
En el marco del debate, Florindo sostuvo que la competencia deportiva había tenido lugar tiempo atrás y que la defensa técnica solicitó el diferimiento del tratamiento de la cuestión para producir prueba mediante una pericia informática y la recepción de testimonios de quienes organizaron el campeonato. Sin embargo, para el tribunal, “los elementos aportados por la Fiscalía y la certificación actuarial mencionada confirman, sin lugar a dudas, que dicha actividad tuvo lugar en el mes de septiembre del corriente año, durante el encierro domiciliario de la acusada”. Por este motivo, consideraron configurada la hipótesis de quebrantamiento, y procedieron a revocar la prisión domiciliaria y ordenaron su inmediata detención y alojamiento en el Establecimiento Carcelario N° 1 de Córdoba.
Fuero: Penal
Tribunal: Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de Córdoba
Voces: narcocriminialidad, prisión domiciliaria, revocación
Fuente: fiscales.gob.ar