Consideran apresurado que un trabajador se haya dado por despedido sin haber intimado debidamente al empleador

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo de Capital Federal confirmó una sentencia que declaró que no existió despido indirecto por considerar que el trabajador no intimó debidamente a la empleadora.

El tribunal porteño señaló que, para justificar el despido indirecto por incumplimientos del empleador, resulta imprescindible que en la interpelación previa el trabajador exprese el apercibimiento de considerarse despedido si no se da cumplimiento a lo requerido, extremo que en el caso, no se advierte cumplido, lo que permite concluir que el despido decidido por el accionante devino apresurado y, por lo tanto, injustificado.

Afirmó, además, que el hecho de que el empleador realmente adeude haberes, no implica que el trabajador resulte acreedor a las indemnizaciones derivadas del despido injustificado si su conducta al disolver el contrato no se ajustó a los deberes de buena fe.

Fuente: Sistema Argentino de Información Jurídica.

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