Conflicto de competencia con relación al Acueducto del Río Colorado.

La Corte Suprema, por unanimidad, resolvió que la justicia de La Pampa debe intervenir en una causa en la que se investiga el presunto pago de dádivas a funcionarios públicos de esa provincia.

El juez subrogante a cargo del Juzgado de Instrucción y Correccional N° 5 de Santa Rosa declaró su incompetencia a favor de la justicia federal de la Ciudad de Buenos Aires para entender en una causa por el presunto pago de dádivas a funcionarios públicos de la provincia de La Pampa por hechos vinculados al desarrollo de la obra «Acueducto del Río Colorado”. El magistrado consideró que el expediente se vincula con el objeto procesal de una investigación que tramita ante la justicia federal porteña. Además, señaló que la existencia de un convenio entre el Estado Nacional y la provincia de La Pampa para financiar la construcción de acueductos autoriza a presumir un perjuicio para aquél y, por consecuencia, el carácter federal de las presuntas maniobras delictivas. El juez en lo Criminal y Correccional Federal N° 7, por su parte, rechazó esa asignación. El juzgado de origen insistió en su criterio y dispuso elevar la causa a conocimiento del Máximo Tribunal.

La Corte Suprema, con el voto de Carlos Rosenkrantz, Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Ricardo Lorenzetti y Horacio Rosatti, declaró que debe enviarse el expediente al Juzgado Federal de Instrucción y Correccional N° 5 de Santa Rosa, remitiendo al dictamen de la Procuración General de la Nación. Allí se señaló que las circunstancias invocadas por el magistrado declinante no permiten inferir, en el estado embrionario en que se encuentra la investigación, una coincidencia, ni aún parcial, entre ambos expedientes. Además, se entendió que la existencia de un convenio entre el Estado Nacional y la provincia de La Pampa no otorga per se carácter federal a cualquier hipótesis delictiva que pudiera verificarse en el futuro.

Fuente: Centro de Información Judicial

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