La Sala B de la Cámara Nacional en lo Comercial sostuvo que el trabajador fue privado de obtener en debido tiempo la prestación de la que era acreedor desde el momento de su accidente.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo le impuso una multa a una ART por no otorgar en forma oportuna las prestaciones a su cargo a un trabajador. El médico tratante había indicado la derivación del trabajador para hacer un estudio, y la aseguradora demoró 82 días en otorgar dicha prestación. La ART cuestionó la multa y la Sala B de la Cámara Nacional en lo Comercial, con la firma de Matilde E. Ballerini y María L. Gómez Alonso de Díaz Cordero, la confirmó. El tribunal consideró que la demora en la gestión del otorgamiento de la prestación indicada produjo por sí solo un perjuicio al trabajador, toda vez que se vio privado de obtener en debido tiempo la íntegra prestación médica asistencial de acuerdo a su patología, de la que era acreedor desde el momento de su accidente.
Fuente: Centro de Información Judicial