La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Curuzú Cuatiá confirmó un fallo en el que se rechazó la demanda por daños y perjuicios de una paciente contra un centro ocular. Los jueces consideraron que no se pudo demostrar que el medicamento indicado para tratar la “uveítis” (forma de inflamación que afecta la capa media del tejido de la pared ocular) estuvo asociada a la “necrosis retinal aguda” que padeció la paciente
Con primer voto del doctor Claudio Daniel Flores, al que adhirieron los doctores Ricardo Horacio Picciochi Ríos y César H. E. Rafael Ferreyra, la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Curuzú Cuatía confirmó un fallo de primera instancia que rechazó la demanda por daños y perjuicios que efectuó una mujer contra una clínica ocular y los profesionales que trabajaban en ella y la atendieron cuando padeció “uveítis”.
La “uveítis” es la hinchazón e inflamación de la úvea que es la capa media de la pared del ojo. La úvea suministra sangre al iris en la parte frontal del ojo y a la retina en la parte posterior.
Los magistrados consideraron que no se pudo probar que el tratamiento que le indicaron los profesionales denominado “Deltisona B 8mg”, incluso en un consumo en tiempo prolongado, estuviera contraindicado para los casos de “uveítis”.
Sostuvieron además que la toma de esta droga no incrementaba la posibilidad de padecer “necrosis retinal aguda” que según la paciente fue provocada a causa del largo período que tomó el medicamento mencionado.
El recurso
La demandante en su presentación ante la Cámara aseguró que no discutía que el tratamiento correcto era la Deltisona B, sino cuestionaba el tiempo en el que se la administró.
“… en este caso lo ha sido por un lapso de tiempo mayor a 30 días, lo cual de todas las probanzas brindadas en estos autos surge con claridad que es nocivo o podría ser perjudicial para el paciente que se encuentra en ese tratamiento”, explicó en el recurso.
También indicó que la profesional que la atendió sabía que fue trasladada de urgencia a Corrientes Capital y optó por no involucrarse, lo que para ella demostró un desinterés absoluto.
Fallo de la cámara
En el primer voto, el doctor Flores aseguró que los informes del Consejo Argentino de Oftalmología (CAO) y de la ANMAT, la pericial oftalmológica practicada y el testimonio de los profesionales no fueron cuestionados o impugnados, por lo tanto se le asignó plena validez y efectos.
“A su vez, no existe duda alguna respecto a que este medicamento está indicado expresamente para el tratamiento de la uveítis. Se lee en la misma documentación que acompaña el informe de la ANMAT, en las “INDICACIONES”, que “…está indicado su uso… Enfermedades oftalmológicas severas (uveítis, coroiditis)…”.
Y agregaron que “Tampoco encuentra asidero invocar, ahora, que la apelante pudo haberse visto afectada por una posible enfermedad virósica cuya sintomatología fue la uveítis, cuando lo que alegó fue que, a consecuencia de una errónea prescripción médica -el consumo de Deltisona B 8mg en dosis mayores y por mayor tiempo que el recomendado-, sufrió una necrosis retinal aguda”.
También aclararon que en la demanda no se hacía referencia a que la ingesta del medicamento prescripto le hubiese ocasionado la “inhibición de la quimiotaxis y de la actividad de las células del sistema inmunitario” y que, por esa razón, se hubiese generado la necrosis.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Curuzú Cuatía
Voces: daños y perjuicios, medicamento para la vista, prescripción médica
Fuente: justicia corrientes