En la causa «P., L. E. c/EN-M. Salud y Desarrollo Social – Secretaría de Gobierno de Salud y otro s/Empleo público» el Juez de primera instancia rechazó la excepción planteada por la Municipalidad de Morón y declaró su competencia para entender en la causa al considerar que en autos se cuestionaba a las demandadas en ejercicio de la función administrativa, respecto de la relación de empleo público que las vinculaba con la actora.
Contra dicha decisión, el Municipio de Morón interpuso recurso de apelación. Sostuvo que la demanda iniciada derivaría «de presuntas irregularidades relativas al cálculo de haberes y aportes previsionales respecto de una relación de empleo público que se desarrolló en el ámbito del Partido de Morón imputando la responsabilidad de los demandados, por lo que la cuestión se encontraba sometida al Régimen Previsional del Instituto de Previsión Social que pertenece a la Provincia y no a la Nación».
A su vez, la demandada agregó que el art. 1 del CPCCN determina que «la competencia atribuida a los tribunales provinciales es improrrogable y, por ello, concluye que deben intervenir los tribunales en lo contencioso administrativo de la Provincia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto en la ley local 12.008».
La Sala IV de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal adhirió a lo reseñado por el Sr. Fiscal General. En primer lugar, que la accionante promovió demanda contra la Secretaría de Salud del Estado Nacional y contra el Municipio de Morón, a fin de que se declarara el carácter remunerativo de las sumas percibidas en concepto de «Ret. Refrigerio”, “B.N.R.N.B”, “Bonificación Convenio Nacional 427/09”, “Recupero de Costos” y “Bonificación NRNB 2013”, y que se condenara a las demandadas a abonar las diferencias salariales y cargas sociales adeudadas a la ANSES.
Asimismo, el Fiscal General puntualizó que la labor de la actora se desarrolló desde el año 2010 al 2018 desempeñándose como psicóloga siempre bajo la órbita del convenio entre el Ministerio de Salud de la Nación, el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires y dicho municipio.
En tal contexto, recordó que «la Municipalidad de Morón es un ente autónomo que no resulta identificable con la Provincia de Buenos Aires y que la Corte Suprema de Justicia sostiene que son ajenas a su jurisdicción originaria las causas en las cuales no intervenga la propia provincia, sino una municipalidad».
Finalmente, encontrándose demandado el Estado Nacional, en su condición de supervisor de lo actuado, correspondía la competencia federal en razón de la persona. Así lo decidieron el pasado 20 de octubre los Dres. Duffy y Vincenti.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal
Voces: empleo público, competencia federal, persona demandada