Los jueces Pablo Mariño y Rubén Arias Nallar, vocales de la Sala III del Tribunal de Impugnación, declararon inadmisible el recurso de casación que interpuso la defensa técnica de Sergio Virgilio Martínez (22) contra la sentencia que lo condenó a la pena de seis años y seis meses de prisión efectiva.
Así quedó firme la condena contra el joven por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal. Martínez fue condenado por abusar de una menor de 17 años. La víctima estaba en la casa de una amiga y el imputado (primo de la dueña de casa) la invitó a ir al Río Seco. Al llegar, se abalanzó sobre ella y la sometió sexualmente. Los jueces de alzada tuvieron en cuenta que, si lo que se pretende con el recurso es cambiar lo decidido en el fallo atacado, es deber de la defensa exponer desde las pruebas el qué y el porqué de las partes erróneas, indicando en ese caso lo incorrecto del razonamiento del juez que dictó la sentencia. Dijeron los jueces que por más firme que sea la discrepancia con lo resuelto, ello no lleva a que lo dispuesto por el juez sea erróneo o desacertado. En el caso de Martínez, su defensa plantea una firme disconformidad con lo resuelto y se advierte una oposición a la valoración y selección de la prueba por parte del juez, pero no resulta del todo claro dónde estuvieron las fallas dentro de los fundamentos de sentencia, en qué puntos resultó omisivo, arbitrario, irrazonable, ininteligible, incoherente, equívoco o impreciso. En ese sentido, dejaron en claro que la principal característica de la casación, examinar la razonabilidad del criterio del juez en cuanto a su labor intelectual, y en ese sentido no se advierten vicios o defectos en la sentencia que permitan su revocación o modificación.
Fuente: Poder Judicial Salta