Confirman condena por daños y perjuicios contra los autores de una carta de lectores

La Sala Civil del Superior Tribunal de Justicia del Chaco declaró mal concedido el recurso de apelación contra una sentencia que condenó a una serie de personas a indemnizar a otra por los daños y perjuicios que le provocaron con la publicación de una carta de lectores en un diario local.

Un fallo del Superior Tribunal de Justicia del Chaco dejó firme una condena contra un grupo de personas que fue demandado por daños y perjuicios por una mujer que se sintió afectada en su honor por la publicación de una carta de lectores en un diario local. Fue luego de que la Sala Civil del máximo tribunal declarara mal concedido el recurso extraordinario de inconstitucionalidad contra un fallo de la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial.

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La sentencia de primera instancia admitió la denuncia y condenó a los demandados al pago de 80 mil pesos más intereses a la tasa activa, la que fue confirmada primero por la Sala Tercera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial y ahora por la Sala Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia, con las firmas de los jueces Iride Isabel Grillo y Alberto Modi.

El caso

La presentación fue realizada en el año 2014 por parte de una mujer que se sintió afectada en su buen nombre y honor como consecuencia de la publicación de una carta de lectores en la que se le atribuían imputaciones injuriosas y calumniosas. En ese contexto, reclamó una indemnización por daños y perjuicios a los firmantes de la nota publicada en diario Norte.

En su defensa, los demandados negaron haber firmado la carta y señalaron que las frases que la demandada calificaba de agraviantes obedecían a hechos en los que la accionante “estuvo efectivamente involucrada”.

La prueba

La prueba central para arribar a la sentencia fue la aportada por el diario que informó sobre cuáles eran los requisitos a la hora de la publicación de cartas de lectores, con la cual las magistradas dieron por probada la suscripción de la carta por parte de las personas demandas, lo cual provocó un daño a la actora. En ese contexto, los demandados no pudieron desvirtuar que no fueron los autores causantes de la nota y el daño, sobre todo porque no aportaron la nota original junto a una pericia caligráfica. Así, sólo se limitaron a demostrar la veracidad de los hechos denunciados en la publicación, lo cual no estaba en materia de debate en el marco de una demanda civil por daños y perjuicios.

“Los agravios esbozados por la demandada lucen insuficientes, toda vez que lo argumentado en su memorial no difiere -en rigor de verdad- de la postura que mantuvo a lo largo del proceso, es decir, que los accionados no fueron los autores de la carta de lectores estimada agraviante, y que a su vez la demandante no demostró que la misiva haya sido rubricada por ellos”, señalaron los jueces Grillo y Modi en la sentencia.

Fuero: Civil
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia del Chaco
Voces: carta de lectores, daños y perjuicios, injurias y calumnias

Fuente: chacodiapordia

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