Confirman condena de 6 meses de prisión efectiva para un hombre que agredió a su pareja

El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de casación presentado por la defensa de un hombre que agredió a a su ex pareja y le produjo heridas. Fue condenado por lesiones leves calificadas.

El Superior Tribunal de Justicia por unanimidad, mediante sentencia penal N°45/21 confirmó el fallo dictado por el Juez de Instrucción y Correccional N° 3 de Goya – hoy Juez de Garantías – que condenó a Jonathan Alfredo Escobar a la pena de 6 meses de prisión efectiva por el delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja.

Estos delitos están previstos y penados por el artículo 92 en función de los artículos 80, inciso 1° y 89 del Código Penal.

El hecho

El  29 de agosto del año 2017 en Goya, aproximadamente a las 12 de la noche, cuando el condenado se encontraba en la vivienda de una menor de edad que era su pareja, la agredió y le ocasionó heridas leves que se detallaron en el informe médico.

Según se puso constatar la joven sufrió “escoriación en región maxilar inferior  derecha, escoriación en región cervical izquierda cara lateral externa, escoriación y hematoma en región mamaria izquierda cuadrante inferior izquierdo”, se puntualizó en el acta médica.

Los agravios

El abogado defensor particular se agravió por considerar que el juez se basó solamente en la declaración de la víctima en debate y las afirmaciones del psicólogo que no se encontraban respaldadas por ninguna prueba.

Remarcó en su presentación que el sentenciante omitió tratar la falta de correspondencia entre los golpes que dice la víctima haber sufrido y el informe médico de la ubicación de las lesiones.

Por último sostuvo que las evidencias colectadas son insuficientes para derribar el estado de inocencia que acompaña al imputado y solo se lo condenó por una valoración sesgada, parcial y errónea de las constancias del proceso.

Fallo del STJ

En el primer voto, el doctor Alejandro Chaín, afirmó que el juez llegó a esa decisión valorando la declaración de la víctima y relacionando lo que dijo con el informe médico y el informe del examen psicológico.

Sobre la víctima, sostuvo que el magistrado de primera instancia tuvo por probado que se encontraba orientada en tiempo y espacio, que respondía de manera tranquila, que se mostraba segura sosteniendo la decisión denunciada, lo que permitía tener por verosímil que efectivamente el hecho ocurrió en las circunstancias de modo, tiempo y lugar narradas.

“Así se aprecia que el sentenciante tuvo varios elementos de prueba a consideración antes de emitir su juicio valorativo, pudiendo reconocerse en la sentencia la aplicación del método histórico en la forma en que lo condicionan la constitución y la ley procesal”, sostuvo el doctor Chaín.

Sobre el agravio que cuestionaba la falta de precisión de en qué parte del cuerpo el imputado le habría propinado los golpes, indicó que si bien no se podía exigir a la testigo, dada la fecha de comisión del hecho y del dictado de la sentencia recurrida una precisión absoluta, es decir el lugar exacto donde el imputado le habría propinado los golpes de puño, los mismos se encontraban médicamente corroborados con el informe que acreditaban su ubicación.  

Consideró además que la agresión se inscribía en lo que se denominaba violencia de género.“… todo acto de violencia basado en el género que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o en la vida privada …” (Asamblea General de la ONU. Resolución 48/104, 20 de diciembre de 1993).

Por lo tanto llegó a la conclusión de no hay razón para que la defensa cuestione la solidez de la decisión, por lo que se rechazó el recurso de casación y se confirmó la sentencia.

El voto del doctor Chaín fue acompañado por los doctores Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz.

Fuero: Penal
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes
Voces: lesiones leves calificadas, prisión efectiva, expareja

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