Confirman condena al gerente de un supermercado que abusó de una empleada

La Corte Provincial ratificó la condena que recibió el gerente de un supermercado de Goya que abusó de una empleada. Para fallar de ese modo tuvo en cuenta la relación asimétrica y de subordinación que el condenado ejercía sobre la víctima, y la consiguiente la dependencia jerárquica.

El STJ ratificó en la sentencia N° 37/22 la condena de dos años de prisión en suspenso dictada por el hoy Tribunal de Juicio de Goya en una causa por “abuso sexual sin acceso carnal cometido mediando abuso coactivo o intimidatorio de una relación de dependencia”.

Se trata del gerente de un supermercado que abusó de una mujer el 22 de julio de 2019 en el lugar de trabajo. El condenado, que en ese momento ejercía la gerencia de la empresa, entró a la habitación donde estaba la víctima y abusó sexualmente, tocándola en la zona vaginal por encima de las prendas de vestir. Ante el ataque, la mujer lo golpeó con un rallador y se escapó del comercio.

Relación de dependencia o subordinación jerárquica

El doctor Alejandro Alberto Chain, autor del primer voto,  analizó la “relación de dependencia” que surgía en forma visible: la víctima era empleada del supermercado y el hombre se desempeñaba como “Gerente”. En tal función estaba autorizado a llamarles la atención a los empleados si a su consideración estos no cumplían en forma acabada con su trabajo; “ahí se evidencia la relación de subordinación de la víctima hacia el quejoso y por consiguiente la dependencia jerárquica; pues esa era la  estructura organizativa del supermercado, resultando indiferente para la configuración del tipo quien abonara su salario”. 

“…las relaciones a que se refiere la ley abarcan todas las situaciones en que una de las personas está colocada en un plano de superioridad frente a otra que le está subordinada o le debe obediencia, tanto en el ámbito público como privado. (…) responde al propósito de abarcar toda situación de superioridad en la que el autor se halla en relación a la víctima y de la que aquel se abusa de modo coactivo -con fuerza para obligar o apremiar- o intimidatorio, causando, inspirando o infundiendo miedo-  para que la víctima le brinde favores de naturaleza sexual o soporte actos de este tipo cuyo rechazo puede ser seriamente considerados por ella, principalmente cuando de relaciones de dependencias laborales o funcionales se trate, como causa de un mal vinculado con las legítimas expectativas que pueda tener en el ámbito de esas relaciones” citó el Ministro.

Y agregó que la relación de dependencia se da cuando la víctima está subordinada al agente, “circunstancia que normalmente ocurre en el orden laboral y se abusa de esa relación cuando aquel se aprovecha de la alternativa de que el sujeto pasivo se encuentra sujeto a sus órdenes para anular la voluntad valiéndose de una especie de chantaje o la amenaza de sufrir consecuencias perjudiciales en su trabajo en caso de negarse a aceptar sus pretensiones sexuales…”.

Defensa del condenado

La defensa del condenado cuestionó que se arribó a la sentencia teniendo en cuenta solamente las declaraciones de la víctima y de otros testigos que no fueron objetivos. Indicó que el Tribunal no consideró su declaración ni las secuencias fílmicas, donde se acreditaba que el hecho no existió, pero si una discusión y el miedo de la mujer de ser despedida, lo que motivaba la denuncia con el afán de justificar todas las faltas cometidas ese día.

Valor de la testimonial de la víctima

El relato de la mujer fue valorado como coherente a lo largo de todo el proceso, y se lo tuvo por veraz; como también el de los testigos que dieron por cierto el hecho. “Yo no anduve bien en la caja y me mandó a la panadería y las chicas me dijeron que tuviera cuidado porque es un lugar apartado. Me dio a entender que si no era por él me hubieran echado. Empecé con una chica que me enseñaba. Él, lo mismo que me hacía a mí, le hacía a ella, yo me enojaba con él, y me decía porque era tan arisca. Después me quedé sola en la panadería y era continuo que pasara eso. El sólo se reía cuando yo me enojaba y me decía que había muchísimas chicas que querían trabajar ahí porque pagaban bien y es verdad que pagaban bien y yo necesitaba trabajar. Los últimos tiempos era acoso y maltrato todo el tiempo” declaró la víctima.

“(…) No sé si ustedes que son hombres pueden entender lo que se siente que te toquen las partes íntimas sin tu autorización, te sentís humillada”. La mujer, luego del episodio del 22 de julio escapó del supermercado e hizo la denuncia en la Comisaría.

Fuero: Laboral
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de Corrientes
Voces: relación de dependencia, subordinación jerárquica, abuso

Fuente: justicia corrientes

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