Se trata de un hombre y una mujer de nacionalidad iraní que habían ingresado con documentación apócrifa al país en marzo del 2019. La fiscalía también había acusado a uno de los imputados de integrar una asociación ilícita abocada al tráfico ilegal de migrantes. El MPF recurrirá la sentencia.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N º6 condenó hoy, en una audiencia virtual, a tres años de prisión en suspenso a una pareja de nacionalidad iraní por ser autores penalmente responsables del delito de uso de documento público falso agravado por estar destinados a acreditar la identidad de las personas, y ordenó la inmediata libertad de los acusados, que se encontraban en prisión preventiva. En representación del Ministerio Público Fiscal actuó la titular de la Fiscalía General N° 3, Gabriela Baigún, que había acusado al fotógrafo Sajjad Samiei Naserani por la autoría del delito de asociación ilícita y uso de documento público apócrifo y a la arquitecta Mansoreh Sabzali solamente por este último delito. Según anticipó la representante del Ministerio Público Fiscal el falló será recurrido. Además, la fiscalía impulsó un oficio en Migraciones solicitando el cumplimiento de Ley de Migraciones y que se ejerza la retención de los acusados para que se efectivice su expulsión del país.
A través de la investigación, el Ministerio Público Fiscal acreditó que el 12 de marzo del 2019 la acusada y el acusado ingresaron al país con la utilización de “pasaportes israelíes falsos a nombre de Rivka y Natanel Toledano”, que fueron presentados ante efectivos de la Dirección Nacional de Migraciones en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza.
Previo a su llegada al país, Naserani y Sabzali intentaron ingresar a Portugal, pero fueron detenidos y procesados penalmente allí. Luego del mencionado proceso en la península ibérica volvieron a falsificar pasaportes y reincidieron en el accionar delictual. El MPF consideró que la asociación ilícita habría operado al menos entre marzo de 2015 y marzo de 2019 en múltiples países, entre los que se cuentan Argentina, Irán, Turquía, Reino Unido, Grecia, Portugal y España. El objetivo de la organización era el tráfico ilegal de migrantes mediante la falsificación de documentos, encubrimiento, hurtos y robos, entre otros delitos.
El alegato del MPF
En su exposición, la auxiliar fiscal María Laura Ferrari y la titular de la Fiscalía General N°3, Gabriela Baigún, habían indagado sobre la carga probatoria del presunto accionar ilícito de la pareja. En este marco, la fiscalía señaló que Naserani “distribuía el trabajo y daba órdenes” en su función dentro de la presunta asociación ilícita. A su vez, se ahondó sobre las pruebas del proceso que apuntaban a la organización criminal trasnacional dedicada a la venta y falsificación de pasaportes, entre otra documentación personal, al igual que su capacidad para adulterar documentación o elaborarla desde cero.
“Los documentos exhibidos por los imputados y que luego fueron incautados, cuentan con todos los elementos necesarios -atributos de autentificación legalmente requeridos para asignarle trascendencia jurídica-, como para inducir a error y hacer pasar a los imputados como legítimos titulares, afectando así el bien jurídico protegido por la norma. La conducta de ambos imputados y sus propios dichos son prueba acabada del cabal conocimiento que tenían de los elementos del tipo objetivo involucrados y de su voluntad de consumar el delito en cuestión”, había señalado las representantes de la fiscalía.
Fuente: Fiscales.org.
Fuero: Federal
Tribunal: Tribunal Oral en lo Criminal Federal Nº 6
Voces: uso de documento falso, documentación apócrifa, asociación ilícita