Condenan a miembros de una organización que operaba un sitio de apuestas “online” ilegal

Confesaron su participación durante un juicio abreviado inicial. Se decomisaron todos los bienes usados para cometer el delito de organización y explotación de juegos de azar no autorizados.

En el marco de un juicio abreviado inicial, el Juzgado de Control y Faltas n.° 7 de la ciudad de Córdoba condenó a tres años de prisión efectiva a los encargados de administrar, operar y organizar el sitio de apuestas y juegos de azar “online” conocido como Rapoker, sin autorización de la Lotería de la Provincia de Córdoba.
 
Luego de confesar su participación en los hechos investigados, los imputados Iván Maciel Cicala, Raúl Daniel Marchisio y Leandro Maximiliano Perelli fueron declarados coautores responsables del delito de organización y explotación de juegos de azar no autorizados. Además de la pena de prisión, deberán pagar una multa que asciende a 45.000 pesos.

Asimismo, el tribunal dispuso el decomiso a favor del Estado de los elementos que sirvieron para cometer el hecho como así también las ganancias que obtuvieron de la actividad ilícita. Cabe destacar que, en diferentes allanamientos, las autoridades judiciales secuestraron una camioneta 4×4, Ford Ranger; un automóvil Ford Focus; una motocicleta Marca KTM, modelo RC390; notebooks, teléfonos celulares, dinero en efectivo, cheques y dólares estadounidenses.

Según la sentencia, la maniobra desplegada estaba dirigida a la explotación de juegos de azar fuera de los controles del Estado. “Se ocasionó un gran perjuicio al Estado, porque sumas millonarias de dinero fueron detraídas del juego regular y autorizado del que es beneficiario inmediato el Estado provincial”, enfatiza la resolución. El juez José Milton Peralta agregó que la organización delictiva también perjudicó a los beneficiarios de las políticas públicas que están solventadas por el dinero de los juegos de azar legales.

La investigación penal preparatoria realizada por la Fiscalía de Instrucción Especializada en Cibercrimen determinó que los imputados se valían de un sitio de internet, de una aplicación para dispositivos móviles llamada Rapoker, y de diferentes redes sociales para promocionar la participación en los juegos de azar.

Esta red tenía diferentes niveles de responsabilidad: en el escalafón más bajo se encontraban los “cajeros oficiales”, quienes se encargaban de levantar las apuestas, cargar crédito, vender a los usuarios o jugadores las fichas y entradas a los torneos de apuestas a cambio de importantes comisiones. Estos cajeros eran comandados por un “operador”. Por encima del operador, estaba el “jefe de operadores”, que, a su vez, estaba dirigido por el “ejecutivo de ventas”.

Incluso, en su canal de la red social Twitch, uno de los imputados posteó: “A los únicos que nos favorece el coronavirus es a las farmacias y a los que vendemos fichas para apuestas virtuales”.

“La organización manejaba este negocio como si fuera una verdadera empresa, ya que contaba con el asesoramiento y trabajo de personas externas al negocio de explotación. Por ejemplo, consultaban a contadores quienes asesoraban en la estructura financiera y cómo realizar los movimientos de dinero para no levantar sospechas o justificar las ganancias”, puntualizó el juez Peralta.

Si bien la organización desarrollaba su actividad, fundamentalmente, dentro de Argentina, también, habían concretado operaciones en países limítrofes como Chile y Uruguay.

El Juzgado de Control y Faltas n.º 7 también condenó al imputado Pablo Daniel Swistoniuk a la pena de tres años de prisión condicional y 30.000 pesos de multa por el delito organización y explotación de juegos de azar no autorizados. Este imputado tenía una posición inferior en la estructura de la red con respecto al resto de los condenados.


Causa: “Cicala Iván Maciel y otros p. ss. aa. de organización y explotación de juegos de azar sin autorización”.
Fecha: 7 de octubre de 2021.
Resolución: Sentencia n.° 34.

Fuente: justicia córdoba

Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado de Control y Faltas n.° 7 de la ciudad de Córdoba
Voces: juicio abreviado inicial, organización y explotación de juegos de azar, apuestas online

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