La cadena de retail no respetó los plazos de entrega de un equipo de aire acondicionado adquirido en el portal de compras online de la firma.
La Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal confirmó una multa interpuesta por la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor Carrefour Argentina de 80.000 pesos por incumplimiento de una oferta realizada. Las actuaciones se iniciaron con una denuncia efectuada por un consumidor por «no haberse respetado los plazos de entrega de un equipo de aire acondicionado adquirido en el portal de compras online de la firma». El denunciante señaló que la firma comercializadora «debió entregar un producto de idénticas características al de la oferta formulada en su sitio web y dentro del plazo ofrecido como envío estándar». En ese sentido, consideró que, en atención a la demora acreditada en la entrega –que se pactó para el 23 de febrero de 2016, y recién se cumplimentó el 18 de marzo de ese año, previo reclamo-, «no podía eximírsela de responsabilidad».
Se trata de una infracción a lo dispuesto en el artículo 7º de la ley 24.240 y al artículo 10, inc. c) del decreto 1798/94, informa Diario Judicial. Contra dicha resolución, Carrefour interpuso y fundó recurso de apelación. Insistió en que la demora en la entrega del equipo tuvo lugar «por la falta de contacto con su cliente, necesario para validar los datos de la compra», ya que la operación se realizó en la plataforma de ventas online y el pago se efectuó «con una tarjeta de crédito». Sobre la demora de 20 días entre la entrega pactada y la efectuada, la demandada sostuvo que el cliente recibió el producto sin realizar observaciones ni reservas en la constancia de recibo. Finalmente, refirió a que el cierre sin acuerdo de la instancia de conciliación se debió a la pretensión del denunciante de un resarcimiento económico, en virtud del supuesto daño que le habría provocado la demora en la entrega del producto.
Fuente: Infobae Profesional