Un Tribunal Oral Federal de Mar del Plata condenó a un grupo de personas por prostituir a 10 mujeres y ordenó decomisar sus bienes para reparar integralmente a las víctimas, que tendrán privilegio por sobre el Estado para cobrar sus créditos.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar Del Plata, a cargo de Mario Alberto Portela, condenó a seis personas que explotaron económicamente la prostitución ajena de 10 mujeres y de oficio estableció el decomiso definitivo de dos inmuebles y vehículos para repararlas económicamente.
Las víctimas, de entre 19 y 50 años, fueron rescatadas de los locales “Whiskería Casablanca” y “Samanta”, y eran en su mayoría extranjeras que habían sigo engañadas respecto al tipo de trabajo que debían realizar en dichos lugares.
“La explotación económica del ejercicio de la prostitución ajena es manifestación de la discriminación de género y de la violencia contra las mujeres. Ha quedado establecido que se consumó la explotación económica de la prostitución ajena de la que han resultado víctimas 10 mujeres de escasos recursos económicos y ostensibles condiciones de vulnerabilidad”, detalló el juez luego de analizar las pruebas.
El fallo destaca que las mujeres sobrevivientes del sistema prostibulario tienen privilegio de cobro por sobre el Estado, ya que él tiene «un deber de protección de las víctimas, hasta el logro efectivo de las reparaciones pertinente».
«Hacer silencio respecto del derecho a una reparación integral que surge de pleno derecho en cabeza de las víctimas de explotación, implicaría invisibilizarlas una vez más, ahora, de manera institucional. El Estado, muy por el contrario, debe visibilizarlas y repararlas por cuanto las considera personas en derecho. Este es el piso mínimo al que se ha comprometido el Estado Argentino con sus ciudadanos y la comunidad internacional”, expresó Portela.
Para el magistrado, la asimetría entre víctimas y victimarios, corresponde al Estado equiparar la desigualdad existente en dicho binomio y otorgar una respuesta acorde a los derechos reconocidos en el bloque constitucional.
El fallo destaca que las mujeres sobrevivientes del sistema prostibulario tienen privilegio de cobro por sobre el Estado, ya que él tiene «un deber de protección de las víctimas, hasta el logro efectivo de las reparaciones pertinente».
Al respecto, el jurista marplatense añadió que «las obligaciones asumidas por el Estado lo colocan en una perspectiva jurídica de garante o responsable de los derechos humanos de las personas bajo su jurisdicción».
Los bienes decomisados son aquellos como inmuebles y vehículos utilizados para llevar a cabo la actividad ilícita, como así también dinero recaudado del negocio.
Fuero: Penal
Tribunal: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Mar Del Plata
Voces: explotación sexual, decomiso definitivo, reparación integral a las víctimas