La jueza María Victoria Montoya Quiroga, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio, condenó en audiencia de juicio abreviado a Juan Gabriel Corvalán (29) a la pena de seis meses de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor material y penalmente responsable de los delitos de lesiones leves agravadas por mediar relación de pareja preexistente y por constituir violencia de género, y amenazas, en concurso real.
La jueza ordenó que el condenado permanezca en libertad por la modalidad de la pena impuesta. Para conservar la condicionalidad deberá cumplir, por el lapso de dos años, una serie de reglas de conducta: constituir domicilio y someterse al control del Patronato de Presos y Liberados; procurar una actividad lícita y de acuerdo a sus capacidades; someterse a tratamiento psicológico en el Programa de intervención para agresores de violencia de género previo dictamen de admisibilidad y, en caso de no ser admitido, realizarlo de manera particular en otra institución; realizar interconsulta con la Secretaría de Abordaje de las Adicciones a efectos de tratar el consumo abusivo de alcohol; presentar bimestralmente la constancia que acredite los tratamientos hasta que reciba el alta; prohibición de ejercer actos de violencia física y psíquica en perjuicio de la damnificada; prohibición de acercamiento a la víctima a menos de 200 metros de su domicilio, lugares de trabajo y de estudio; prohibición de mantener cualquier tipo de contacto con ella, ya sea en forma personal o a través de medios tecnológicos (whatsapp, skype, facebook, etc.). Finalmente, la jueza ordenó que el condenado sea examinado por un médico del Poder Judicial para la obtención de sus señas particulares y que, a través del CIF, se le extraigan muestras de ADN, previa asignación del DUIG correspondiente, para su posterior incorporación al Banco de Datos Genéticos.
Fuente: Poder Judicial Salta