El juez Francisco Javier Araníbar, vocal de la Sala I del Tribunal de Juicio, condenó a Alberto Apolinario Rivero a la pena de dos años de prisión de ejecución condicional por considerarlo autor penal y materialmente responsable del delito de abuso sexual simple.
El condenado permanecerá en libertad por la modalidad de la pena impuesta, sin perjuicio de lo dispuesto por otro tribunal, y deberá cumplir las siguientes reglas de conducta: fijar residencia en la provincia de Salta, comunicar cualquier cambio de domicilio al tribunal y someterse al cuidado del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados; abstenerse de consumir estupefacientes y de abusar de bebidas alcohólicas; abstenerse de mantener cualquier tipo de contacto con la víctima y con sus familiares; abstenerse de concurrir a los lugares donde la damnificada desarrolle sus actividades; no cometer nuevo delito; someterse a tratamiento psicológico debido a la naturaleza del delito por el cual resultó condenado, previo informe que acredite su necesidad y eficacia; realizar tareas comunitarias no remuneradas en el hospital público de la ciudad de General Güemes durante 15 horas mensuales, por el término de un año. Todo ello con expreso apercibimiento de revocarse la condicionalidad de la condena impuesta. El juez le impuso al condenado además la obligación de concurrir ante el tribunal bimestralmente, del 1 al 10 de cada mes, para actualizar su domicilio. También le prohibió salir del país sin previa autorización expresa del tribunal, hasta tanto la sentencia quede firme. El magistrado ordenó finalmente la extracción de material genético del condenado por parte del Servicio de Biología Molecular del Departamento Técnico del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), previa asignación del Dato único de Identificación Genética (DUIG), para su incorporación en el Banco de Datos Genéticos. El imputado era el encargado de una finca ubicada en El Bordo. Fue denunciado por el abuso sexual simple de una menor (13), hija de dos trabajadores del lugar.
Fuente: Poder Judicial Salta