Así lo determinó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Concepción del Uruguay que, además, fijó un monto de 38 millones de pesos como reparación integral en favor de la víctima. A lo largo del juicio quedó demostrado que Raquel Murillo obligó a la damnificada a ejercer la prostitución a través de violencia verbal, amenazas y coerción aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la víctima.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Concepción del Uruguay, integrado por Jorge Sebastián Gallino, Mariela Emilce Rojas y Roberto Manuel López Arango, condenó el 14 de junio pasado a Raquel Murillo a ocho años de prisión por considerarla autora del delito de «trata de personas con fines de explotación sexual agravada por haber sido cometido mediante aprovechamiento de la situación de vulnerabilidad, amenazas, violencia, coerción, por encontrarse la víctima embarazada y por haberse consumado la explotación». La condena fue en línea con el pedido que había realizado la fiscal general ante el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de esa jurisdicción, María de los Milagros Squivo, en su alegato.
Además, el tribunal fijó un monto de 38 millones de pesos como reparación integral en favor de la víctima y dispuso que, en caso de que los bienes de la condenada no alcancen para la reparación de la víctima, la suma faltante sea cubierta por el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y Explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas con los recursos del Fondo de Asistencia Directa a Víctimas de Trata.
El tribunal tuvo presente la solicitud que realizó la defensora de víctimas al respecto del decomiso del inmueble donde la víctima permaneció captada durante el tiempo de su explotación, ubicado en la ciudad de Gualeguaychú, Entre Ríos. Como durante la investigación no pudo determinarse que la acusada tenga algún derecho sobre ese inmueble, el Tribunal ordenó que esa cuestión se tramite en un incidente aparte.
Para el tribunal, quedó demostrado que la acusada captó y acogió con fines de explotación sexual a una mujer desde el 5 de julio de 2021 hasta el 4 de octubre de 2022, ocasión en que se realizó el allanamiento en una vivienda ubicada en la ciudad de Gualeguaychú, provincia de Entre Ríos, donde se rescató a la víctima y se produjo la detención de la acusada.
El debate comenzó el 8 de mayo de este año y a lo largo de seis audiencias declararon la víctima -mediante videoconferencia en modalidad cámara Gesell- y 17 testigos. En el juicio, quedó demostrado que Murillo obligó a la damnificada a ejercer la prostitución a través de la violencia verbal, amenazas y coerción aprovechándose de la situación de vulnerabilidad de la víctima, a los fines de que con su producido cumpla con el pago de una “deuda” que había contraído con ella.
Por otro lado, se pudo comprobar que Murillo no permitía que la víctima tuviera contacto libremente con los integrantes de su familia de origen ni tampoco que fueran amigos a visitarla. Solo podía realizar «actos de la vida cotidiana» siempre y cuando se la autorizara y supervisara. Durante todo ese tiempo tiempo, la damnificada atravesó dos embarazos.
El caso
La investigación se inició tras una denuncia efectuada el 5 de julio de 2021 a través de la Línea 145 del Programa Nacional de Rescate y Acompañamiento a las Personas Damnificadas por el Delito de Trata y Explotación de Personas. En esa oportunidad, un hombre relató una posible situación de explotación sexual que estaría atravesando su expareja.
En virtud del carácter de administrador de la línea nacional gratuita de denuncia 145, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), a cargo de Alejandra Mángano y Marcelo Colombo, tomó intervención en el caso y puso en conocimiento de la denuncia a la Fiscalía Federal de la ciudad de Gualeguaychú.
A través de la información recolectada durante la investigación, se pudo establecer que, en un primer momento, la captación de la víctima se realizó mediante una relación de amistad entablada con Murillo, basada en su condición de practicante del culto umbanda. Con el tiempo, el vínculo se fue afianzando.
En su declaración, la víctima detalló que la madre la había echado de la casa y que no tenía dinero para un alquiler. En ese contexto, se contactó con Murillo, que tiraba las cartas del tarot y le ofreció acogida en su domicilio. Primero fue como un alquiler pero, luego de un tiempo y ante la imposibilidad de afrontar el pago por parte de la víctima, se convirtió en una convivencia a partir de su propio ofrecimiento. Esta situación de vulnerabilidad por parte de la mujer fue aprovechada por ahora condenada que al principio se mostró amable y afectuosa. Además, decía que tenía “poderes”, ya que ocupaba un lugar importante en la religión umbanda.
Con el transcurso del tiempo, la joven se vio envuelta en sistema de deudas que formaron parte de un mecanismo para ejercer el control sobre ella ya que, según le decían, se iban incrementando por supuestos “intereses” a pesar de que la víctima no veía los comprobantes ni el dinero. De esta forma, Murillo fue teniendo un control total sobre ella y a fin de afrontar el pago de la referida deuda, era forzada a ejercer la prostitución para luego entregarle ese dinero a la imputada .
Finalmente, la Policía Federal realizó un allanamiento en la vivienda donde se encontraba captada la víctima el 4 de octubre de 2022.Como resultado, Murillo resultó detenida. El 16 de marzo de 2023 el fiscal Pedro Mariano Rebollo requirió la elevación a juicio de la causa.
Fuero: Penal,
Tribunal: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Concepción del Uruguay,
Voces: trata de personas, delito, explotación sexual, condena, prisión,
Fuente: fiscales.gob.ar