Con la sirena encendida

La Cámara Civil falló contra un conductor particular que produjo un accidente de tránsito al intentar cruzar una bocacalle haciendo caso omiso a la presencia de un móvil policial. El patrullero tenía las sirenas y balizas encendidas para advertir su paso ante una situación de emergencia.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la responsabilidad de un conductor particular que embistió a un patrullero. Producto del choque los automóviles golpearon la vidriera de un local comercial.

El accidente ocurrió el 24 de diciembre de 2008, cuando el demandante se encontraba atendiendo su local comercial. En ese momento escuchó el sonar de sirenas, y luego observó que uno móviles policiales colisionó contra un vehículo particular. Los automóviles perdieron el control y se incrustaron contra la vidriera del establecimiento.

El pronunciamiento de grado le atribuyó la responsabilidad exclusiva al conductor del vehículo particular y, en consecuencia, desestimó la demanda contra el agente y el Estado Nacional-Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos – Policía Federal Argentina.

El caso llegó a la Sala F de la Cámara Civil en los autos “J., R. D. c/R., A. A. y otros s/daños y perjuicios”. Allí los jueces Eduardo A.Zannoni, Fernando Posse Saguier y José Luis Galmarini analizaron la utilización de sirenas y balizas por parte de la policía para advertir su paso ante una situación de emergencia encomendada por la División de Comando Radioeléctrico.

“Resulta claro que no puede responsabilizarse al conductor de un móvil en emergencia que, accionando las señales auditivas y luminosas reglamentarias, embiste a otro rodado, porque ello implicaría la derogación de la prioridad de paso de la cual gozan aquellos vehículos y que no resulta respetada por quien intercepta su marcha”, advirtió el fallo y añadió: “En ocasiones de emergencia los restantes rodados deben facilitar su paso para que puedan cumplir la situación de urgencia”.

Los jueces advirtieron que todos los rodados se detuvieron dando paso a los móviles policiales, pero que el demandado actuó de forma “imprudente y desatenta” al intentar el cruce de la bocacalle haciendo caso omiso a la presencia del móvil policial. El demandado, según consta en la causa, también circulaba a una velocidad que excedía el límite que la ley de tránsito le permitía.

“Resulta claro que no puede responsabilizarse al conductor de un móvil en emergencia que, accionando las señales auditivas y luminosas reglamentarias, embiste a otro rodado, porque ello implicaría la derogación de la prioridad de paso de la cual gozan aquellos vehículos y que no resulta respetada por quien intercepta su marcha”, advirtió el fallo y añadió: “En ocasiones de emergencia los restantes rodados deben facilitar su paso para que puedan cumplir la situación de urgencia”.

Fuente: Diario Judicial.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Voces: accidente de tránsito, ocasiones de emergencia, móvil policial

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