La compañía de telefonía Claro tuvo que ser obligada por la Justicia a indemnizar a un cliente.
El smartphone que adquirió dejó de funcionar tras ser sumergido como se promocionaba. La empresa de telefonía Claro deberá indemnizar a un cliente que compró un teléfono Sony Xperia Z1 y dejó de funcionar luego de ser sumergido. Justamente, el damnificado argumentó que el dispositivo se publicitaba como sumergible y esa era una de sus principales características. El demandante es Hugo Hernán Vegas, un mendocino que recibirá $31.316 más intereses en compensación, detalla el portal MDZ. La empresa de telefonía, por su parte, se defendió afirmando que el dispositivo fue publicitado como «resistente al agua», pudiendo ser sumergido «en las condiciones descriptas por el manual de instrucciones», atribuyendo la rotura del celular al accionar equivocado del demandante. Entre las pruebas proporcionadas por el demandante, se destaca la publicidad de la página web oficial de la empresa, en la que con tipografía destacada se expresaba: «No dejes de hacer fotos bajo el agua. Con el XP Z1 resistente al agua puedes hacer fotos mientras te bañas en agua dulce durante un máximo de 30 minutos, incluso puedes sumergirlo hasta un metro y medio de profundidad».
En tanto, entre las pruebas proporcionadas por Claro para atribuir la rotura del dispositivo al accionar incorrecto del demandante, realizaron la experiencia de inmersión en una jarra con 1.100 ml de agua de un equipo de telefonía similar al adquirido por Vegas, constatándose que posteriormente el mismo funcionaba. Para el Tribunal, esta prueba no fue suficiente para demostrar que la culpa de la rotura del dispositivo fue del demandante. En la sentencia explican que la «introducción en un recipiente plástico, de escasos centímetros de profundidad, no es precisamente el uso que el adquirente de un equipo promocionado como sumergible pretende asignarle; que tampoco el tiempo de duración de la experiencia -alrededor de 6 minutos- permite reproducir la forma de utilización ofertada» y que la empresa había utilizado «publicidad engañosa» para promocionar el dispositivo en cuestión. Es por esto que considerando todas las circunstancias del caso, la Primera Cámara Civil ordenó que Claro indemnice en más de $30.000 a Vegas, indica MDZ. El cálculo realizado por el tribunal es que por daño moral le corresponden $10.000, por daño punitivo otros $10.000 y por daño material $11.316. También deberá cubrir los costos de abogados y del proceso.
Fuente: Infobae Profesional