La justicia consideró que la referencia a un determinado contexto socio-económico afectaba su dignidad y enfatizaba la vulnerabilidad que ya posee por su condición de mujer. Además, ordenó capacitar al personal del Registro en cuestiones de género.
La jueza Guillermina L. Sosa, a cargo del Juzgado de Familia Nº 1 de Comodoro Rivadavia, declaró la nulidad absoluta parcial del acta de nacimiento de una mujer, que indicaba «basural de C.» como el lugar en que aquél había ocurrido, y ordenó al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de Chubut rectificar la cita.
La mujer había solicitado a la Dirección General de Registro Civil y Capacidad de las Personas de Rawson que rectifique su partida, la que además de contener la referencia aludida, consignaba erróneamente su nombre y el de su madre, pero su solicitud había sido rechazada.
La magistrada hizo lugar a las rectificaciones de nombres reclamadas, y también consideró procedente el pedido de nulidad parcial del acta respecto del lugar de nacimiento asentado, por encontrarse involucradas cuestiones de orden público vinculadas con la tutela de la dignidad de la persona.
Resaltó que la consignación de lugar de nacimiento «basural» atenta de modo manifiesto y palmario contra derechos de raigambre constitucional y convencional, estigmatizando y colocando a la actora en una situación de desventaja respecto de otras personas.
En particular, destacó que se trata de una mujer vulnerable en razón de su género, cuya partida, lejos de brindarle debida tutela, implica una estigmatización.
Agregó que acciones como la llevada a cabo por el Registro, lejos de empatizar y contribuir al respeto de la dignidad de la persona, se erigen en barreras efectivas para su goce, y que las referencias que aluden a contextos socio-económicos implican enfatizar y propiciar marcos de vulnerabilidad.
Finalmente, además de disponer la nulidad parcial y cierre del acta respectiva y la confección de una nueva partida de nacimiento en la que se consigne como lugar de nacimiento únicamente la ciudad en la que este ocurrió, indicó a los titulares de la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas provincial y del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Provincia del Chubut que deberán desplegar las acciones positivas que consideren pertinentes, tendientes a capacitar a su personal en materia de género y tutela efectiva de la dignidad de las personas, a los fines de que actos como el ocurrido no se repitan en lo sucesivo.
Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Familia Nº 1 de Comodoro Rivadavia
Voces: registro de las personas, afectación a la dignidad, referencias a contexto económico y social