Centro de Mediación logra acuerdo en causa por Homicidio Culposo en conducción imprudente.

Con la coordinación del Centro Judicial de Mediación de Paso de los Libres, y la participación del Juzgado de Paz  de Mocoretá se realizó una audiencia en una causa por homicidio culposo agravado por la conducción imprudente de un vehículo automotor. La misma culminó con un acuerdo entre las partes.

 

El pasado 24 de septiembre tuvo lugar en la ciudad de Mocoretá una audiencia que fue realizada y coordinada por el Centro Judicial de Mediación de Paso de los Libres, a cargo del doctor Guillermo Susman, con la colaboración y participación del Juzgado de Paz cuyo titular es el doctor Jorge Luis Podestá.

La experiencia fue valorada de modo muy positivo por las partes no sólo por haber alcanzado un acuerdo en el expediente N° PXM 6358/2015 (LEG N° 2338/2018)”, sino porque a través de la misma se concretó el mandato constitucional/convencional de la tutela judicial efectiva (art. 8°, pto. 1° y art. 25, ptos. 1° y 2° del Pacto de San José de Costa Rica, ratificado por ley N° 23.054/84).

Esa tutela es entendida como una justicia pronta y eficaz, garantizando el acceso a justicia, evitándose costos o erogaciones (pasajes a la ciudad de Paso de los Libres, pérdida del día de trabajo, honorarios profesionales, entre otros) a los justiciables, los que muchas veces resultan ser personas en situación de vulnerabilidad, en los términos “100 Reglas de Brasilia sobre Acceso a la Justicia de las Personas en Condición de Vulnerabilidad”.

La participación del Juzgado de Paz no se limitó a las notificaciones o diligenciamientos de las comunicaciones indispensables para el desarrollo de la audiencia, o bien con la logística o recursos materiales o edilicios indispensables para su desarrollo, sino que la misma también se materializó con la intervención del juez en el acto mismo de la mediación (co-mediador).

El doctor Podestá aplicó las herramientas que brindan las técnicas de los Métodos de Resolución Alternativa de Disputas, utilizadas en los procesos de conciliación que se llevan a cabo cotidianamente en la dependencia.

El acuerdo de Mediación deberá ser homologado en forma posterior por el Tribunal Oral Penal de Paso de los Libres.

Fuente: Poder Judicial Corrientes

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