Los actores iniciaron una acción reivindicatoria porque la demandada había entregado derechos y acciones sin tener los años de posesión que manifestó tener.
Al considerar que quien le cedió los derechos y acciones posesorios sobre un inmueble a la demandada no tenía los años de posesión invocados para dar lugar a la excepción de usucapión opuesta, la Cámara Civil y Comercial de Octava Nominación de Córdoba revocó la sentencia de primera instancia, admitiendo la acción de reivindicación entablada por los accionantes.
Fuente: Comercio y Justicia