El tribunal dispuso provisionalmente que la Provincia que permita a estos profesionales operar en la web Compra Transparente en las mismas condiciones que corredores públicos inmobiliarios.
La Cámara 2° Contencioso Administrativa resolvió la medida cautelar y dispuso provisionalmente que, hasta tanto se dicte la sentencia definitiva, la Provincia de Córdoba dicte un nuevo acto administrativo que, en cumplimiento de la medida cautelar, incluya a los profesionales con título de “Martillero y Corredor Público” matriculados en el Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba (Ley 7191) para que puedan ejercer su profesión de corredor público mediante la intermediación del portal web “Compra Transparente”, en las mismas condiciones que los Corredores Públicos Inmobiliarios, matriculados en el Colegio de Corredores Públicos Inmobiliarios (Ley 9445).
La decisión se adoptó mediante el Auto n.° 19 del 27/02/2020, en el expediente caratulado “Colegio Profesional de Martilleros y Corredores Públicos de la Provincia de Córdoba c/ Superior Gobierno de la Provincia de Córdoba – (Amparo Ley 4915) – SAC 8938282”. Esta resolución no se encuentra firme debido a que la Provincia interpuso recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia.