Catorce año de prisión por lesiones, violencia de género y homicidio en grado de tentativa

El Tribunal en lo Criminal Nº 1 condenó a Josué Vargas Melgarejo a la pena de catorce años de prisión e inhabilitación absoluta por igual tiempo, por resultar ser autor penalmente responsable de los delitos de Lesiones leves calificadas por la relación de pareja y violencia de género; Homicidio calificado por la relación de pareja y violencia de género en grado de tentativa y Homicidio simple en grado de tentativa, todo en Concurso Real.

Así lo resolvió hoy, 9 de agosto, el Tribunal integrado por los jueces María Alejandra Tolaba –presidente de trámite-, Mario Ramón Puig y Ana Carolina Pérez Rojas, que además ordenó el inmediato traslado del enjuiciado al Servicio Penitenciario provincial.

Como se recordará, Vargas Melgarejo fue condenado por lo acaecido el 28 de noviembre del 2018, cuando luego de haberse ofrecido a llevar a su domicilio a su ex pareja, a la salida de un local bailable, comenzaron a discutir en el interior de un vehículo.

El inculpado agredió a la mujer con golpes de puño en el rostro, por lo que la víctima se bajó del rodado y detrás de ésta lo hizo también Vargas Melgarejo para agredirla físicamente en la vía pública, tras lo cual la obligó a abordar al vehículo y en el interior del mismo continuó agrediéndola.

Ante esta situación, un joven acudió en ayuda de la mujer, logrando que la misma bajara del rodado y se alejaron del mismo unos pocos metros de distancia; fue entonces que el acusado puso en marcha el vehículo y atropelló a ambas personas a gran velocidad, pasando con el mismo por encima de las víctimas.

Como Fiscal ante el Tribunal se desempeñó el Dr. Sergio Marcelo Cuellar; la secretaria de trámite estuvo a cargo de la Dra. Carina Planckensteiner. La defensa técnica de Josué Vargas Melgarejo fue ejercida por el Dr. Javier García y los querellantes fueron los doctores Daniel Ibáñez y Florencia Romero.

Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer dentro de los plazos legales establecidos en el Código Procesal Penal de la Provincia, fecha a partir de la cuál, las partes podrán solicitar su revisión ante una instancia superior.

Fuente: Poder Judicial de Jujuy.

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