Que la inocencia le valga.
Un planteo de inconstitucionalidad del artículo 233 de la Ley de Concursos y Quiebras, que estipula la presunción de fraude y la remisión a la Justicia Penal de un expediente de quiebra cerrado por falta de activos, fue desestimado por la Justicia Comercial. No es “una presunción de culpabilidad del tipo penal”, consignaron los jueces. La Cámara Comercial confirmó en la causa “K.F.H. S/ Quiebra” un fallo de primera instancia que rechazó el planteo de inconstitucionalidad del artículo 233…