Cedió los derechos sobre su terreno para que construyeran un edificio en el centro de Cipolletti. A cambio, le pagarían con dos departamentos nuevos, del mismo inmueble. El plazo pactado se cumplió y la firma ni siquiera tramitó los permisos de obra. Ahora deberán compensarla con 32 meses de alquiler.
La mujer que promovió la demanda por daños y perjuicios en el fuero Civil de Cipolletti posee un lote en el centro de Cipolletti. El predio está cerrado y en el interior hay una pequeña edificación que data del año 1.959. La constructora Faven se contactó con la propietaria y le contó sobre sus planes para construir un moderno edificio.
Ella aceptó transmitir los derechos de propiedad y dominio a cambio de dos departamentos de 36 metros cuadrados en el frente del primer y tercer piso del inmueble a construir.
Los planos incluían dos locales en la planta baja, tres pisos con cinco unidades funcionales cada uno y doce cocheras. En el predio de 400 metros cuadrados había una vieja construcción que debía ser demolida por la empresa.
El contrato fijaba un plazo de 36 meses desde el inicio de la construcción. Cumplido ese tiempo, la mujer tendría las llaves de los dos departamentos.
En la demanda civil se consignó que la firma nunca hizo la demolición inicial, ni siquiera tramitó los permisos de obra ante la municipalidad de Cipolletti. El lote quedó en las mismas condiciones en las que se encontraba.
Por eso la propietaria pidió la revocación del dominio y una indemnización por daños y perjuicios. La firma nunca contestó la demanda y fue declarada en rebeldía.
El fallo que es de primera instancia y todavía no está firme hizo lugar a la pretensión de la propietaria y regresó el lote a su patrimonio. Fijó un valor locativo de 42 mil pesos por el alquiler de cada departamento y un plazo de 32 meses desde que la mujer notificó a Faven S.R.L hasta el dictado de la sentencia. El monto de la indemnización asciende a 1.346.112 pesos más intereses.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Civil de Cipolletti
Voces: daños y perjuicios, compensación, revocación de dominio
Fuente: justicia río negro