Tras la solicitud de la fiscalía, el juzgado federal ordenó la indagatoria del capitán del barco por el delito de trata de personas en perjuicio de marineros senegaleses. Uno de ellos debió ser atendido en la ciudad de Puerto Deseado por emergencia médica sanitaria, al estar con un cuadro de hipotermia, deshidratación y con un estado de trastorno del sensorio por agotamiento psicofísico.
Por pedido del fiscal federal Lucas Colla, el Juzgado Federal de Caleta Olivia se consideró competente para intervenir en una causa donde se investiga la posible trata de personas con fines de explotación laboral de marineros senegaleses dentro de un buque pesquero extranjero que era comandado por un capitán español y que navegaba por la milla 200 en 2017. La embarcación pasó por territorio nacional argentino en las Islas Malvinas.
Por este motivo, la jueza federal Marta Isabel Yañez hizo lugar al pedido del fiscal para tomar indagatoria al capitán, acusado como autor del delito de «trata de personas con fines de explotación laboral por acogimiento y recepción triplemente agravado por haber aprovechado de la situación de vulnerabilidad de las víctimas, el haber consumado dicha explotación y la pluralidad de víctimas».
Además, ordenó la activación del protocolo de cooperación internacional para formalizar la audiencia de declaración indagatoria respecto del imputado, de conformidad con lo dispuesto por el Tratado de Extradición y Asistencia Judicial en materia penal suscripto con España.
La investigación de la fiscalía comenzó en 2017 tras la denuncia de una médica argentina que debió atender a un tripulante senegalés de ese buque, en el marco de una emergencia sanitaria después de que Prefectura Naval Argentina (PNA) lo auxilie en helicóptero. El barco era un buque pesquero que partió desde Cabo Verde el 15 de febrero de ese año hacia Puerto Argentino de Islas Malvinas y desde ahí hasta Montevideo (Uruguay), haciendo este tramo en reiteradas oportunidades, cada vez que iban a pescar a la zona de la milla 200. En la pesquisa, prestó colaboración la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX), que gestionó reuniones con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
El caso
El 5 de junio del 2017, la Prefectura debió realizar un aerodesembarco de forma urgente en un buque pesquero extranjero que se encontraba a 135 millas náuticas dentro de las aguas jurisdiccionales, luego que desde la embarcación informaran una emergencia médica sanitaria y solicitaran la asistencia de uno de sus marineros de origen senegalés. Inmediatamente, el damnificado fue trasladado al nosocomio local de Puerto Deseado, provincia de Santa Cruz, en donde llegó en un estado de coma ya que se encontraba “no ubicado en tiempo y espacio y con afectación del sensorio motriz”. Allí fue atendido por una médica que puso en conocimiento a la autoridad marítima de que el tripulante padecía de hipotermia y deshidratación, por lo que fue internado.
Frente al alto riesgo social y en orden al agotamiento psicofísico que presentaba el paciente, la médica decidió radicar una denuncia al otro día. Allí declaró, conforme al protocolo de asistencia y valoración clínica, que el paciente refirió haber estado embarcado desde hacía cuatro meses en la bodega del barco y que cumplía jornadas de trabajo continuas, con sólo dos horas de descanso diarias. Asimismo, la victima le había informado que dos días antes del desembarco, había comenzado con vómitos, diarrea, pérdida de apetito, dolor en el pecho y estado de cansancio mayor.
Además del diagnóstico clínico -“hipotermia, deshidratación aguda y trastorno del sensorio en estudio por agotamiento psicofísico”-, la denuncia fue acompañada con un informe psicológico que describió al paciente como “hipotimico”. En el escrito se detalló que se refería “a la disminución anormal del tono afectivo, con respuesta emocional excesivamente disminuida e inadecuada a la situación real del sujeto, que además presenta abatimiento, lenguaje inexpresivo y lentitud de movimientos, con pérdida de interés por todo lo que antes le producía satisfacción”.
Declaración de la victima
A partir de esto, intervino la fiscalía y requirió la instrucción del sumario, además de solicitar que se llame a declaración testimonial a la víctima. El 12 de junio de ese año, el tripulante senegalés expresó que se dedicaba a ser marino mercante y que trabajaba para una empresa ubicada en la ciudad de Vigo, España.
Sobre su vínculo con la empresa, la victima expresó que había sido buscado en Senegal, previo a que lo hagan viajar en avión desde allí hacia Cabo Verde, desde donde embarcó al buque pesquero en febrero de 2017. Refirió que, desde el momento en que ingresó, comenzó a trabajar sin parar, “que el capitán no le dio un respiro”, y que una vez que llegaron a zona de pesca, como había mucho pescado, lo hicieron trabajar “casi tres días sin dormir”.
La victima contó que luego le propusieron trabajar en la bodega, para realizar tareas de estibado, donde el capitán le dio ropa que no era la adecuada para tales labores, medias y botas de agua de mala calidad. Refirió también que los cuatro empleados que trabajaban en tal sector, se posicionaban junta al tubo de escape, ubicado en la salida de la sala de máquinas, donde se abrazaban para darse calor. «Al cabo de un tiempo, uno de los trabajadores se enfermó y lo cambiaron de sector, pero que las tareas eran las mismas, por lo que fue un trabajo muy duro durante esos próximos tres meses”, expresó.
Fue durante ese periodo, de tres meses de trabajo forzoso, que comenzó a sentirse mal con dolor en el pecho, pero que, al no querer dejar solos a sus compañeros solos, continuó trabajando en esas condiciones, hasta que perdió la visión, para luego desvanecerse y no recordar nada más hasta que lo rescato el helicóptero de PNA.
Condiciones de trabajo
Asimismo, la victima contó que el contrato recién se lo hicieron firmar a los veinticinco días de haber sido embarcado, que el buque trabajaba de día y noche, con un descanso mínimo ya podía durar entre dos horas o nada y que muchas veces estaban comiendo y en cuanto sonaba el timbre, tenían que ir a trabajar y dejar lo que estuvieran haciendo, por lo que muchas veces no llegaban a descansar ni dos horas por diarias.
Respecto a la comida, manifestó que algunas veces desayunaban, que no tenían un horario fijo, que si había un poco de pescado los mandaban a comer, que en su país acostumbraba a comer cereales, pero que en el barco europeo la comida no era igual, por lo que ingería muy poco, ya que le costaba adaptarse. Además, dijo que no podía comer cuando tenía hambre, sino que debía ser habilitado por el timbre de descanso o de trabajo. Por su parte, en relación al comportamiento impartido par los superiores en el barco, señaló que el capitán era quien mandaba, que el trato no era cómodo, y que todos los marineros (15 senegaleses, 11 indonesios y un mauritano) se sentían mal y sólo esperaban que finalice el contrato para poder volver a sus casas.
Por otra parte, añadió que en el buque no había enfermero ni mucho menos médico, pero que, si había algún enfermo, el protocolo era avisarle al médico de la guardia costera, quien impartía ordenes al capitán, para que, de ser necesario, éste las ejecute suministrando tratamiento valiéndose del botiquín que tenía en el barco.
Luego de su declaración testimonial y de recomponerse de su estado de salud, se gestionó la partida de la víctima a su pueblo natal con la intervención del área de Trata de Personas y programa de Asistencia a las Victimas del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, que articuló con la Organización Internacional para las Migraciones, para colaborar en su reinserción laboral en su país.
Fuero: Penal, Laboral,
Tribunal: Juzgado Federal de Caleta Olivia,
Voces: explotación labora, trata de personas, vulnerabilidad de las víctimas, emergencia sanitaria,
Fuente: fiscales.gob.ar