Caída de aerosilla en Cerro Catedral

Una década después del accidente, los esquiadores obtienen indemnizaciones

Una década después de la caída por fuertes vientos de una aerosilla en el centro de esquí Cerro Catedral, en Bariloche, turistas heridos ese día obtuvieron fallos judiciales que ordenan indemnizarlos.

La Cámara Nacional en lo Civil acaba de confirmar que la concesionaria “Catedral Alta Patagonia” y su empresa aseguradora hasta el límite de la poliza contratada, tendrán que pagar por los daños ocasionados.

Caso fortuito o negligencia

No se trató de un “caso fortuito”, determinó la Justicia a lo largo de casi ocho años de juicio, con demandas iniciadas en el 2015.

Esa aerosilla, la cuádruple, debía estar cerrada al momento del accidente, por los vientos que se registraban en la zona, concluyó el fallo.

Por esa vía los esquiadores llegan al tramo superior del Cerro Catedral.

Según se determinó, una ráfaga de viento desengachó la guía y los turistas cayeron.

El “infortunio” comenzó como un viaje en pareja y familia al centro de esquí y terminó con todos internados.

 En algunos casos, tuvieron que someterse a operaciones y largos tratamientos.

Los esquiadores de entre 26 y 28 años al momento de los hechos, fueron trasladados a un sanatorio de Bariloche luego del descarrilamiento de la aerosilla y su posterior caída a la nieve.

Una esquiadora tuvo que ser operada y le colocaron “una barra de titanio, clavos y tornillos” en una pierna. Hizo rehabilitación y luego tuvo que volver a entrar al quirófano.

En otro caso, hubo lesiones físicas permanentes en la columna.

El siniestro “no se produjo a consecuencia de aludes, avalanchas, tormentas de nieve, carga de nieve y riesgos de la naturaleza en general”

Por el contrario, “quedó acreditado que el descarrilamiento de la aerosilla no se trató de una eventualidad normal, inevitable o no eliminable; quedando constatada en sede penal la negligencia de mantener en funcionamiento la aerosilla pese a las condiciones climáticas pronosticadas”

La empresa incumplió así ” el deber de seguridad”

 Por el accidente hay cuatro demandas civiles abiertas: el mismo Tribunal dictó sentencia entre 2020 y 2021 en dos casos de esquiadores accidentados, en fallos condenatorios que ya quedaron firmes.

Los jueces Claudio Ramos Feijoo, Roberto Parrilli y la jueza Lorena Maggio dieron por probado que lo ocurrido el 7 de julio de 2013  se pudo haber evitado si se cerraba la aerosilla a tiempo.

La culpa

En su descargo, las demandadas sostuvieron que “debido a las fuertes ráfagas de viento se descarriló la línea de elevación”.

El episodio fue un  “caso fortuito o de fuerza mayor”, argumentaron.

Además, invocaron la culpa de la víctima por “haber asumido los riesgos propios de la actividad y colocarse en forma consiente y voluntaria en situación de peligro”

Pases: 7000 por ciento de aumento

Los demandados también cuestionaron los montos fijados y el cálculo que hizo la Justicia

Pero la Cámara dio respuesta a esa objeción con una simple consulta en lnternet.

Comparó lo que costaba el pase diario para el Cerro Catedral al momento de los hechos, 2013, con su valor en la actualidad.

“Basta con tan sólo tomar como parámetro la fluctuación existente entre los precios de los pases diarios o semanales ofrecidos a la fecha del siniestro y los valores publicados por la demandada para esta temporada”

 “Podemos decir -entonces- que, desde el infortunio hasta este año, la supuesta variación del orden del 855,53% del reclamo original (que tampoco comparto), no es nada en comparación al incremento de arriba del 7000% que tuvieron los precios del mercado (o al menos los de la recurrente que ha optado por controvertir el reclamo); lo que culmina por despejar todo tipo de duda al respecto”

Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional en lo Civil
Voces: indemnización, empresa aseguradora, caso fortuito

Fuente: justicia de primera

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