Autorizan el regreso a Bolivia de madre y dos hijos que eran víctimas de violencia familiar

Estaban atravesados por múltiples vulnerabilidades agudizadas por su condición de migrantes. Destacan actuación del programa “Estación Migrante”, el Polo de la Mujer y la asesora letrada.

El Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 3° Nominación autorizó a una mamá y dos hijos menores de edad a regresar a Bolivia, su país natal, pese a la negativa de su padre, que vive en Argentina. El progenitor había ingresado al país con los niños con un permiso otorgado en Bolivia por 90 días, los cuales ya habían transcurrido ampliamente. La madre vino a Argentina en el mes de mayo para tomar contacto con sus hijos reanudando la convivencia con el progenitor por el temor de no poder recuperarlos. 

Ambos progenitores habían dejado Bolivia en busca de mejores oportunidades laborales, según manifestaron en audiencia. Primero, el padre vino a la Argentina y, luego, la madre decidió viajar a Chile por unos meses, dejando a sus hijos al cuidado de familiares. En ese período, el progenitor volvió a Bolivia a buscar a los niños y los trajo a Argentina con un permiso por 90 días, pero nunca cumplió con su retorno, argumentando que la madre los había abandonado.

Los equipos técnicos intervinientes en la causa señalaron que la progenitora presentaba una “interseccionalidad de vulnerabilidades”. Esto quiere decir que la mujer se encontraba transitando diversas situaciones que la colocaban en una posición de debilidad y desprotección.

La relación con su ex pareja estaba marcada por la existencia de violencia verbal, psicológica y económica. Se encontraba en una situación de pobreza y falta de recursos que la hacía totalmente dependiente del padre de sus hijos. Además, al encontrarse toda su familia en Bolivia, y su madre en Chile, no contaba con redes de contención a las cuales pudiera acudir en busca de ayuda. Era muy difícil para ella salir de la situación de violencia en la que se encontraba por su condición de mujer migrante en situación de pobreza. Por ello, la actuación coordinada de varios organismos estatales fue fundamental para su protección.

En la resolución, la jueza Laila Judith Cordoba destacó la actuación ágil y coordinada de los profesionales del programa Estación Migrante de la Dirección General de Capacitación y Difusión de los Derechos Humanos en la Comunidad (dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia), de la asesora letrada Victoria Jalil Manfroni y de los profesionales del Polo Integral de la Mujer.

Este caso no llegó al Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 3° Nominación por la vía usual, esto es, una denuncia realizada por la persona víctima de una situación de violencia; sino que fue detectada por los profesionales del programa Estación Migrante, quienes estaban interviniendo con el grupo familiar para la regularización de la situación migratoria. 

Dichos profesionales al advertir la situación de violencia familiar se contactaron con la defensa pública y luego de ello la asesora Jalil Manfroni puso en conocimiento la situación de violencia familiar requiriendo medidas de protección y el traslado de los niños y su madre al Polo de la Mujer, donde luego de ser ordenada la medida en la urgencia, la mujer y sus hijos quedaron resguardados en el Refugio del Polo de la Mujer. Luego, se recibió la respectiva denuncia a la mujer en el formulario 1300 con los indicadores de gravedad del caso. En ese momento se solicitaron medidas de protección y el retorno a su país de origen junto a sus hijos.

Durante la tramitación de la causa se tomó contacto con la abuela materna y con otra hija de la denunciante -prueba ofrecida por el progenitor de los niños- donde la abuela indicó que su hija había viajado a Chile en busca de mejores condiciones económicas, dejando los niños bajo el cuidado de otros familiares. Por su parte, la otra hija de la denunciante indicó que cuando su mamá viajó a Chile se quedó junto a sus hermanos viviendo con bisabuelos, tías y primas. De su relato, no surgió ninguna situación de riesgo. Tanto la niña como la abuela manifestaron que el denunciado golpeaba a su hijo varón y que hacía diferencias entre él y su otra hija. En oportunidad de hablar con el niño, de corta edad, este indicó que su papá “pegaba”. 

Asimismo, el informe del Equipo Técnico del Fuero de Violencia Familiar entendió que la exposición de la señora y sus hijos a condiciones de vulnerabilidad se agudizaron por su condición de migrantes siendo oportuno el regreso a su país de origen, la reinserción en su comunidad y centro de vida de los niños. En definitiva, la jueza concluyó que existía una situación de violencia y que el agresor era el progenitor.

Por todo ello, el tribunal decidió autorizar el regreso de la madre y los pequeños a Bolivia. Para asegurar que estuvieran protegidos hasta su regreso, la jueza Laila Córdoba ordenó que se mantuviera la medida de restricción entre los padres y, provisoriamente, le dio a la mamá el cuidado unilateral de los niños. 

Para el caso de que los niños quisieran comunicarse con su papá, se determinó que pudieran hacerlo por teléfono a través del número de la abuela paterna. Finalmente, se informó la decisión adoptada al Consulado del Estado Plurinacional de Bolivia, quienes tramitaron el regreso seguro del grupo familiar (madre y niños) y se ordenó que se tomen las medidas necesarias en Bolivia para seguir velando por la seguridad y los derechos de la mujer y sus hijos.

La jueza Córdoba remarcó que el rol proactivo de las instituciones intervinientes (Programa de Estación Migrante del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia y el Polo Integral de la Mujer, dependiente del Ministerio de la Mujer de la Provincia) y de la asesora Jalil Manfroni (quienes actuaron sin demoras al percibir la situación de violencia y vulnerabilidad), es “un ejemplo de cómo no solo las instituciones sino la sociedad toda debe actuar ante el anoticiamiento de una situación de violencia familiar”.

Causa: “P. M., D. – Denuncia por violencia familiar”.

Fecha: 13 de noviembre de 2023.

Resolución: Auto Interlocutorio n.° 18.

Fuente: justicia córdoba

Fuero: Familia
Tribunal: Juzgado de Niñez, Adolescencia, Violencia Familiar y de Género de 3° Nominación de Córdoba
Voces: violencia familiar, salida del país, autorización judicial

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