La medida fue dispuesta por la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores. El establecimiento penitenciario de esa ciudad preparó un espacio que asegura reserva, privacidad e intimidad.
En el marco del estado de emergencia sanitaria dispuesto por el Gobierno nacional y las autoridades provinciales a causa de la pandemia, la Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores realizó gestiones ante el Establecimiento Penitenciario n.º 8 para que durante la ejecución de la pena privativa de libertad se provea de un espacio físico que asegure el derecho de los internos a contar con asistencia psicológica privada, mediante herramientas informáticas.
En tal sentido, el director del establecimiento, Alcaide Mayor Mario Benique, hizo saber al tribunal acerca de la disponibilidad de equipamiento informático y la conectividad necesarios para la realización de la referida asistencia psicológica remota. También informó que el centro penitenciario contaba con un espacio que asegura la reserva, privacidad e intimidad necesarias para desarrollar esas intervenciones.
Ante el pedido concreto de la Defensa Pública, el tribunal autorizó que el interno condenado E.R.A., semanalmente, mantenga videollamadas con su psicólogo en sesiones individuales de 45 minutos de duración, aproximadamente, y en la cantidad que demande el tratamiento.
Se trata del primer tribunal provincial que autoriza este tipo de prácticas como así también del primer establecimiento penitenciario que despliega esta actividad en la provincia de Córdoba.
Fuente: Justicia Córdoba
Fuero: Penal
Tribunal: Cámara en lo Criminal y Correccional de Villa Dolores
Voces: emergencia sanitaria, ejecución de pena privativa de la libertad, asistencia psicológica virtual