La Resolución 2/19 de la Inspección General de Justicia, emitida el 16 de agosto de 2019 y publicada en el Boletín Oficial de hoy, establece que el diferimiento de pago de planes de ahorro es aplicable a los ahorristas y adjudicatarios que vieron afectada su capacidad de pago.
El diferimiento es aplicable a los ahorristas y adjudicatarios que vieron afectada su capacidad de pago de las cuotas de sus planes a partir de los aumentos de los precios y será de un porcentaje no inferior al 20% de las cuotapartes a emitir por las entidades administradoras, aplicándose como mínimo durante cinco meses.
Fuente: Sistema Argentino de Información Judicial.