El tribunal interviniente destacó que la mujer está insertándose en el mercado laboral luego de haber sufrido violencia de género y subrayó su precaria situación económica.
Enfocándose en una perspectiva de género, el Juzgado de Primera Instancia de Familia de 6ª Nominación de la ciudad de Córdoba atribuyó, como efecto derivado del divorcio, el uso de la vivienda familiar a la ex cónyuge hasta que el hijo menor de la pareja alcance la mayoría de edad. Fundó su resolución, entre otros motivos, en que la mujer ejerce el cuidado del niño, en la situación económica desventajosa en que se encuentra y en los episodios de violencia realizados por el demandado contra el grupo familiar.
Fuente: Comercio y Justicia