La Cámara Federal de La Plata, en el marco de un proceso iniciado contra la ANSeS por impugnación de acto administrativo, resolvió reducir el monto de la suma fijada en concepto de “astreintes“ o sanciones conminatorias, desde la suma de $ 228.000 a la suma de $ 40.000.
La sentencia remarca que ante el incumplimiento de la ANSeS del mandato judicial de abonar los retroactivos, por Jubilación Anticipada por Desempleo, luego de modificar la fecha de adquisición de esa prestación, otorgada al actor, determinando como tal el día 08/02/2005, ordenó a la ANSeS que abonara al actor los haberes previsionales “retroactivos“ entre el 8.2.2005 y el 6.10.2005, con más intereses calculados al 20.3.2012.
Ante el incumplimiento de la ANSeS, fue intimado a cumplir la sentencia, bajo apercibimiento de aplicarastreintes .Se reiteró la intimación, haciéndole saber que se practicaría liquidación de $ 200 por cada día de retardo.
Luego, la actora comunica que cobró $ 7.000 en concepto de «retroactivos» y practicó liquidación definitiva de astreintes, por un monto de pesos ($ 228.000) al día 14.09.2015, por 1.141 días de incumplimiento que fue aprobada por el a quo.
Posteriormente y frente al depósito efectuado por la ANSES en la cuenta judicial correspondiente, el Tribunal analiza la naturaleza jurídica de las astreintes o sanciones conminatorias, concluyendo que cabe su reducción o readecuación a la suma única y fija de $ 40.000.
Fuente: Blog de Adela Prat.