Apross debe proveer equipo de oxígeno a septuagenaria.

El Tribunal Superior de Justicia cordobés destacó la edad de la amparista y que el aparato requiere un concentrador porque no puede -debido a que vive sola- estar recargando la mochila de oxígeno.

Habiéndose probado el difícil cuadro de salud de la amparista, sumado a su estado de discapacidad y de tratarse de una persona anciana, el Tribunal Superior de Justicia de Córdoba (TSJ) ordenó a la demanda Administración Provincial de Seguro de la Salud (Apross) proveerle el concentrador de oxígeno portátil que necesita, conforme las prescripciones de los médicos tratantes.

Fuente: Comercio y Justicia

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