El juez de grado en la causa «B., M. L. c/Almundo.com S.R.L. s/Ordinario» hizo efectivo el apercibimiento dispuesto y aplicó una multa al demandado en concepto de astreintes. Dicha resolución fue apelada por la demandada.
Almundo.com S.R.L. indicó que cumplió con la totalidad de la sentencia, restando únicamente la entrega de los billetes de avión con destino a Miami ya que las partes estaban intentando acordar la fecha para poder emitir los mismos. Dijo que «emitir un billete de avión con destino a Miami no es un asunto sencillo ya que las partes deben encontrar la mejor opción para el viaje».
El artículo 781 del CPCCN, autoriza a los magistrados «a decretar las medidas necesarias para la observancia de lo ordenado y nada obsta a que frente al comprobado incumplimiento de esa disposición judicial se apliquen «astreintes» conminatorias (Cpr. 37) al obligado que se resistió».
La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial explicó que las astreintes «constituyen un modo de apremio que el juez maneja discrecionalmente para mantenerlo dentro de su función puramente instrumental, encaminada a la finalidad que persigue, de lograr vencer la resistencia del deudor incumpliente».
Lo cierto, es que la quejosa cumplió parcialmente la manda judicial y pese a ser intimada, continuó con su postura. El 26.09.2023 la demandada fue intimada a emitir los pasajes restantes, bajo apercibimiento de aplicar astreintes; cuestión que se acreditó el 28.11.2023, en oportunidad de interponer el recurso de revocatoria con apelación en subsidio contra el auto que fijó los astreintes.
Por lo expuesto, las Dras. Ballerini y Vasquez el pasado 10 de julio rechazaron la apelación interpuesta y confirmaron la resolución de grado.
Fuero: Civil y Comercial,
Tribunal: Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial,
Voces: demanda, multa, manda judicial, sentencia, disposición judicial,