Magistrados reconocen condición ‘sintiente’ de animales y deber de seres humanos de proveerles condiciones adecuadas como sujetos de derecho
Como seres vivos que son, los animales sienten y por eso merecen de los seres humanos condiciones dignas para una vida sin sufrimiento ni dolor. Así lo declaró la Sala I de la Corte Suprema de Justicia en la sentencia que resolvió de forma definitiva la demanda contra el Estado por la muerte del león Kivú, del zoológico Simón Bolívar.
El fallo, que se conoció en diciembre, rechazó los reclamos de la Fundación Pro-Zoológicos (Fundazoo), a cargo del Simón Bolívar, en relación con el deceso del conocido felino, ocurrida el 17 de febrero del 2017 mientras estaba en custodia de la organización Zoo Ave, en Alajuela.
El animal estuvo 18 años en el Simón Bolívar pero el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) ordenaron su traslado por considerar que el animal estaba en condiciones inadecuadas.
Fundazoo perdió la querella en primera instancia el 11 de noviembre de 2019 ante el Tribunal Contencioso Administrativo, luego presentó un recurso de casación que se declaró sin lugar.
Fue en esa resolución, número 1754-2021, que los magistrados de la Sala Primera se refirieron al estatus de “ser sintiente” y sujeto de derechos que ostentan los animales, en referencia el león Kivú, al que, dice la sentencia, “se le debieron garantizar condiciones dignas que propiciaran su salud y que buscaran alivianar su estatus en cautiverio, que se constituyó en una negación del respeto y protección a los que tenía derecho”.
La Sala consideró inaceptable el alegato de Fundazoo cuando argumentó que la jaula donde pasó la mayor parte de su vida el león tenía más de 80 años de construida y que contaba con una llanta, tarimas, matones de zacate y algunos otros elementos.
Según la resolución, ese argumento constituye una negación del respeto y protección a los que tenía derecho el león Kivú, los cuales estaban en obligación de brindar las personas cuidadoras. Además, porque degrada al felino como ser sintiente.
Al no reconocerse su condición de ser capaz de sentir, sus cuidadores olvidaron la necesidad de que el lugar donde pasaba su vida dispusiera de condiciones dignas para asegurarle salud en todas las aristas que esta conlleva y para buscar también una forma de alivianar su cautiverio, explica el documento.
Para la Sala Primera: “… el proceso de educación, concientización, información, y reinvención por el que ha atravesado la humanidad respecto a la debida protección y resguardo de la naturaleza y en particular, de los animales, hace deducir como consecuencia lógica que las personas dejarán de asistir a lugares que tengan animales en cautiverio, con condiciones como las que presentaba la jaula de Kibú, ya que si bien ese tipo de encierros hace unas décadas atrás apenas se empezaban a cuestionar, hoy resultan absolutamente inaceptables.”
Derechos reconocidos
En el documento íntegro de la resolución, se hizo alusión que el sistema jurídico ha venido evolucionando en lo que respecta a la naturaleza y el bienestar de los animales y ahora fija, de distintas formas, la responsabilidad de los seres humanos en la promoción, procura y ejecución efectiva de la protección del ambiente y ahí, de los animales.
Cita, además, diversos instrumentos internacionales tales como los Convenios Europeos para la Protección de los Animales, la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, el Convenio sobre la Diversidad Biológica y la Declaración de Estocolmo sobre el Medio Ambiente Humano.
Deterioro acelerado
Kivú vino en 1999 a Costa Rica desde La Habana (Cuba) con apenas nueve meses, junto de su hermana Kariba. Ella falleció en el 2011 a causa de un tumor en el abdomen.
A partir de entonces, el animal sufrió y se deterioró de manera acelerada. Un informe de inspección de setiembre de 2016 hecho por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (Sinac) y el Servicio Nacional de Salud Animal (Senasa) condujo a la orden de traslado del animal a Zoo Ave.
El documento indicó que su jaula no daba “enriquecimientos, ni opciones de ambientación que proporcionen desafíos, opciones y comodidad al león, o la posibilidad de expresar comportamientos propios de la especie, necesarios para que los animales puedan maximizar su salud psicológica”.
Durante sus últimos meses de vida, en cambio, habitó en una zona de 300 metros cuadrados con vegetación, troncos y una cueva. Biólogos y médicos veterinarios vigilaron su alimentación y comportamiento, pero su estado se agravó por un cuadro de insuficiencia renal. En sus últimas semanas, dejó de ingerir alimentos sólidos y fue necesario suministrarle sueros y vitaminas. Además, padecía artrosis.
Fuero: Constitucional
Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación
Voces: animales, sujetos de derecho, condiciones dignas
Fuente: nación