ALIMENTOS. PRUEBA PERICIAL. Incidente de Nulidad: Improcedencia. SANCIONES PROCESALES: Criterio restrictivo. Deber de buena fe y probidad. Deber del juez: mantener el decoro y buen orden de los juicios, como también la dignidad y autoridad de la justicia que representa. INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO. Naturaleza asistencial de los alimentos. Deber de activa colaboración con la rápida solución del conflicto y la pacificación de la relación entre las partes, priorizando los principios de economía y celeridad procesal.

El Caso: En contra de la resolución de primera instancia que desestimó in limine el incidente de nulidad planteado, la parte demandada interpuso recurso de apelación, alegando que se ha rechazado sin tramitar un incidente, dejando a su parte más indefensa, y, que los comprobantes que acompañó, dejan en evidencia que la actora litiga de mala fe, porque la cuota que ha pedido asciende a $ 2.500 mensuales cuando desde mucho antes de su demanda ya recibían sus hijos una suma muy superior, la cuota del colegio privado, los uniformes y los gastos escolares que sobrepasan holgadamente la petición. Además esgrimió que el padre paga los celulares, los impuestos de la casa en que viven, la luz, el gas, el cable, el club, una obra social de primera, la indumentaria, las vacaciones, la comida, etc. La Cámara de Apelaciones interviniente resolvió rechazar el recurso de apelación interpuesto y exhortar al demandado y a su letrada patrocinante a fin de que encaminen su accionar de manera diligente en orden a la pronta resolución del conflicto, evitando forzar los mecanismos procesales que tengan como consecuencia postergar innecesariamente la resolución de la causa, en pos de la satisfacción adecuada e integral de los derechos de las partes interesadas.

Cám. Primera de Apel. de Flia. 1ª Circ. Mendoza, 29/08/2018, “B. C. A. en autos n° 57.969 ‘B. C. p/ sus hijos menores c/ F. A. E. p/ Alimentos contra F. A. p/ Inc. aumento cuota alimentos”

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