Al momento de ejercer sus derechos como padre deberá procurar no incumplir las reglas de conducta impuestas

Javier Roberto Mamaní fue denunciado en tres oportunidades por su ex pareja. La primera, el 1 de enero del año pasado, la mujer con quien aún mantenía una relación sentimental, contó que mientras ella se encontraba limpiando la casa en la que convivían, él la agredió, por lo que decidió retirarse del domicilio con su hija. 

Luego, en abril de ese año, se hizo presente en el domicilio de la víctima, que ya era su expareja, y comenzó a insultarla y a amenazarla a ella y a su hermana. La mujer agregó en la denuncia que Mamaní tenía prohibición de acercamiento. Además puso en conocimiento de las autoridades que el hombre se encontraba en estado de ebriedad y bajo los efectos de las drogas. 

El 22 de octubre del año pasado lo vieron merodeando afuera del domicilio de la mujer, por lo que ella lo denunció nuevamente. 

Durante la audiencia de juicio abreviado, la jueza de Garantías 6 actuante en feria, Ada Zunino, dispuso que el imputado abandone la sala para escuchar lo que tenía para decir la víctima. Ella dijo que estaba de acuerdo con los alcances del acuerdo, y que tiene interés en que Mamaní recobre el vínculo con los hijos que tienen en común, pero por intermedio de familiares, ya que no quiere tener ningún tipo de contacto con él. 

Javier Roberto Mamaní fue condenado a la pena de tres años de prisión de ejecución condicional como autor de los delitos de coacción, amenazas (dos hechos) y desobediencia judicial; desobediencia judicial; y desobediencia judicial, todo ello en concurso real, y recuperó su libertad una vez finalizada la audiencia. 

Durante dos años deberá fijar domicilio y comunicar cualquier cambio. Además tiene prohibido acercarse a la víctima, a su domicilio real o laboral, o a los lugares que habitualmente frecuente, por un radio de trescientos metros. Tampoco podrá contactarse con ella mediante cualquier medio, sea personalmente, por teléfono o alguna vía informática. No podrá ejercer violencia física o psicológica en su contra o a su grupo familiar. También deberá abstenerse de consumir sustancias estupefacientes y de abusar de la ingesta de bebidas alcohólicas. 

Mamaní realizará un tratamiento de rehabilitación para las adicciones en el Hospital de General Güemes y se someterá al programa de Reinserción Social para Presos y Liberados, y al de Intervención de Agresores de Violencia contra las Mujeres del Ministerio Público. 

Se le aclaró durante la audiencia que deberá arbitrar los medios necesarios para no incumplir estas reglas de conducta al momento de ejercer los derechos y deberes derivados de su responsabilidad parental. En caso contrario, podría dejarse sin efecto la modalidad condicional de la pena impuesta, que sería de cumplimiento efectivo.

Fuero: Penal
Tribunal: Juzgado de Garantías N° 6 de Salta
Voces: violencia de género, derechos parentales, cumplimiento de reglas de conducta

Fuente: justicia salta

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