Cuando se lleven a cabo los movimientos se deberá portar una declaración jurada.
¿Qué hacen los padres y madres separados con hijos? ¿Los nenes deben pasar el aislamiento preventivo para prevención del coronavirus en una sola casa? ¿Se puede mantener el acuerdo familiar previo a esta circunstancia extrema? La respuesta oficial llegó este sábado en una resolución del Ministerio de Desarrollo Social.
Los padres y madres separados podrán trasladar a sus hijos solo en situaciones excepcionales.
Según la resolución «Excepciones al aislamiento social, casos de asistencia de niños, niñas y adolescentes por sus progenitores o tutores, de acuerdo al Decreto N° 297/2020», el progenitor referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado deberá tener en su poder una declaración jurada completada para presentarla a la autoridad competente, junto con el DNI del niño, niña o adolescente, para corroborar la causa del traslado.
Fuente: Clarin