Así lo decidió el juez federal Guido Otranto en el marco de una demanda presentada por un grupo de vecinos usuarios de la provincia de Chubut. También, solicitaron una medida cautelar para que se garanticen las prestaciones postales básicas.
Un grupo de ciudadanos y vecinos usuarios de localidades pertenecientes a la Provincia de Chubut promovió una acción de consumidores y usuarios contra Correo Oficial de la República Argentina S.A., con el fin de que restablezca el servicio público que prestaba en la localidad de Corcovado, provincia de Chubut.
En la acción manifestaron que la sucursal cerró intempestivamente el 26 de abril del corriente año, tras el despido de su único empleado. A raíz de esta situación, sostuvo que se configuró un retroceso en las condiciones de vida de los usuarios respecto de prestaciones con las que gozaban desde hace décadas y la obstaculización del acceso a un servicio público esencial como lo es el servicio postal, respecto del cual debe asegurarse la continuidad y regularidad de su prestación
También, expusieron que como consecuencia del cierre de la sucursal quedaron desprovistos de los servicios del Correo como único prestador en la zona, entre ellos: envío de paquetería, envío y recepción de documentación a particulares y organismos públicos, trámites con estampillado, giros y transferencias, envío de dinero, paquetería contra reembolso, pago de becas -Progresar-, servicio electoral, certificado antecedentes penales, entre otros. Para poder acceder a esas prestaciones deben trasladarse entre 70 y 90 kilómetros, transitando rutas complejas con situaciones climáticas desfavorables e incurriendo en elevados gastos.
El Juez Federal de Esquel, Guido S. Otranto, entendió aplicable la Ley 24.240 de Defensa del consumidor, admitió tramitar la acción como proceso colectivo y dispuso su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos.
“Existe un único hecho continuado que opera como causa fáctica homogénea generadora de lesiones a una pluralidad de individuos”, explicó el magistrado. Asimismo, delimitó el colectivo afectado en los ciudadanos y vecinos usuarios de la localidad de Corcovado, Carrenleufú, Cerro Centinela y parajes denominados Corcovado Sur y Mallín Grande, todos de la Provincia del Chubut, siendo su pretensión principal el restablecimiento del servicio público que prestaba la empresa Correo Oficial de la República Argentina S.A en las mismas condiciones y modalidades en que se prestó hasta el cierre el 26/4/2024.
Fuero: Público,
Tribunal: Juez Federal de Esquel,
Voces: correo, servicio esencial, única sucursal, medida cautelar, prestaciones básicas, acción de consumidor, proceso colectivo,