Los vecinos de barrio Quebrada de Las Rosas aducen que las obras afectan el derecho a la salud y a un ambiente sano como así también que contravienen las ordenanzas vigentes.
La Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba admitió un amparo en contra de la instalación de una antena de telefonía e internet por una supuesta afectación al derecho a la salud y a un ambiente sano como así también por contravención a las ordenanzas vigentes. Asimismo, el tribunal dispuso su registro como acción colectiva en el sistema informático del Poder Judicial provincial.
La demanda fue presentada por vecinos del barrio Quebrada de Las Rosas contra la Municipalidad de Córdoba y el Estado provincial. Consideran que a causa del accionar de las partes demandadas no solo se encuentra amenazado su derecho a la propiedad, sino también los derechos a la salud y a un ambiente sano.
Entre otras cosas, los vecinos piden la suspensión de la autorización para la instalación de soporte de antena, en calle Juan Cano n.º 5756 de la ciudad de Córdoba, y clausura definitiva de la obra, puesto que –según afirmaron- infringe las normas del Código de Edificación Municipal.
Siguiendo el dictamen de la Fiscalía de la Cámara Contencioso Administrativa, el tribunal actuante entendió que la demanda tiene por objeto la tutela de bienes colectivos, tal el caso del ambiente, en los términos del art. 41 de la Constitución Nacional.
Causa: “Leonardi, Ramón Javier c/ Municipalidad de Córdoba y otro – Amparo ambiental”.
Fecha: 20 de abril de 2022.
Resolución: Auto n.º 105.
Fuero: Contencioso Administrativo
Tribunal: Cámara Contencioso Administrativa de 2° Nominación de la ciudad de Córdoba
Voces: instalación de soporte de antena, acción colectiva, medioambiente