La Cámara del Trabajo habilitó la feria de julio a pedido de una letrada por la inflación y el carácter alimentario de su cobro pendiente
En tiempos de “excepcional incertidumbre económica”, los honorarios de los abogados no pueden esperar.
Así lo resolvió la sala de feria de la Cámara Nacional del Trabajo que ordenó dar curso al trámite de cobro para una abogada.
Qué pasó
La letrada debía percibir antes del inicio de la feria judicial de julio los honorarios por un acuerdo que puso fin a un juicio por despido con causa.
El hecho ocurrió en plena pandemia de Covid 19 y el conflicto judicial se extendió durante todo el año pasado hasta los primeros meses de 2022. Las partes llegaron a un acuerdo por el pago de una indemnización al despedido.
La demandada se hizo cargo también de los honorarios de los abogados del trabajador.
El conflicto se cerró con el convenio homologado en la justicia.
Y aquí surgió el problema. Por un error del juzgado de primera instancia y días antes del inicio del receso judicial de julio, se envió al Banco Ciudad -a cargo de la transferencia- un oficio con un número de CUIT equivocado.
Eso derivó en el rechazo de la entidad, ingresado a la bandeja de oficios electrónicos del juzgado que lleva la causa el 18 de julio, primer día del receso invernal.
La abogada reclamó la habilitación de la feria judicial para corregir ese error del juzgado y permitir la transferencia.
La letrada basó su planteo en la situación de “incertidumbre” económica del país, la inflación y el carácter “alimentario” de los honorarios de los abogados.
“Tiempos de excepcional incertidumbre”
En primera instancia se le rechazó el pedido y se consideró que podía esperar hasta el 1 de agosto para seguir con el trámite de cobro.
Pero, la sala de feria de la Cámara Nacional del Trabajo tuvo otra opinión: revocó esa decisión y ordenó corregir de inmediato el dato mal consignado en el oficio judicial y remitirlo otra vez al Banco para habilitar la transferencia
“Tan sencilla gestión bien pudo ser realizada por las autoridades de feria de primera instancia, dando solución al problema apenas fue informado y se requirió a su respecto, optándose -sin embargo- por desestimar de plano la petición”, advirtió el fallo.
La camarista María Cecilia Hockl y su colega José Sudera evaluaron que la cuestión “tiene relevancia suficiente” para habilitar la feria “máxime en tiempos de excepcional incertidumbre económica dentro de la ordinaria incertidumbre económica nacional”
Fuero: Laboral
Tribunal: Cámara Nacional del Trabajo, Sala de Feria
Voces: honorarios de abogados, carácter alimentario, feria judicial
Fuente: justicia de primera