Un letrado demandó a una colega y la acusó de plagiar un escrito judicial de su autoría para usarlo en su contra. La Cámara Civil ratificó el rechazo el reclamo y sostuvo que “no promedió dolo» por parte de la accionada. El contexto del caso, en el que tuvo injerencia un ex empleado del accionante.
La Sala J de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó el rechazo de una demanda promovida por un abogado por el supuesto plagio de un escrito judicial.
Todo comenzó cuando el letrado demandó a su colega a quien acusó de copiar una demanda elaborada y registrada por él. Los hechos se remontan al año 2016 cuando el letrado finalizó el contrato laboral que lo unía con un empleado de su estudio jurídico. El trabajador lo demandó laboralmente, y allí se percató que el texto de la misma era una «copia idéntica a las que él presentaba, ya sea en cuanto a su estructura, párrafos y orden de elaboración y diseño», según esgrimió el profesional.
Sostuvo, además, que su ex empleado “sustrajo sin su autorización la propiedad intelectual por el desarrollada para proporcionársela a su abogada” para usarla en su contra. Añadió que los escritos se encuentran inscriptos en la Dirección Nacional del Derecho de Autor.
En primera instancia se rechazó la demanda primera instancia en los autos “A., N. H. c/ C., S. A. s/ Propiedad Intelectual Ley 11.723”. Para así decidir, el juez de grado sostuvo que el accionante no logró “demostrar el actuar ilícito por parte de la accionada que se endilga en la demanda como fundamento de su pretensión, habré de desestimarla”.
La decisión fue apelada por el actor. En este escenario, las magistradas de Alzada sostuvieron que “la propiedad intelectual sobre los escritos de los abogados (dictámenes, demandas y otros escritos procesales) constituye una cuestión que no ha recibido hasta el momento un tratamiento profundo ni por la doctrina científica ni por la jurisprudencia de los tribunales”.
De este modo, las setenciantes apoyaron la hipótesis de que su colega demandada en relación a que «efectivamente desconocía la autoría” del accionante, por lo que “no promedió dolo de su parte” y que no constituye un “acto ilícito ejecutado a sabiendas y con intención de dañar la persona o los derechos de otro”.
Las juezas Beatriz Verón y Gabriela Scolarici analizaron los textos invocados y calificados por el demandante como novedosos, pero no encontraron “respuesta alguna que pueda conferir basamento a la pretensión que formula en este proceso”. Explicaron, asimismo, que el letrado recibió la demanda por despido en su contra, y recién después procedió a inscribirla ante la autoridad.
De este modo, las sentenciantes apoyaron la hipótesis de que su colega demandada en relación a que «efectivamente desconocía la autoría” del accionante, por lo que “no promedió dolo de su parte” y que no constituye un “acto ilícito ejecutado a sabiendas y con intención de dañar la persona o los derechos de otro”.
Fuero: Civil
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, Sala J
Voces: plagio, escrito judicial, demanda