A pesar de un fallo de la Cámara, el juez federal no puede tomar medidas de fondo
Luego de que el tribunal de alzada resolviera que el juez Argibay debía retomar la investigación.
El desconcierto por parte de los cientos de damnificados que tienen las causas por las distintas financieras en Catamarca crece día a día. La semana pasada se conoció que el fiscal federal Antonio Gómez emitió un lapidario memorial de agravios contra el juez federal Contreras, quien considera debe retomar la competencia en los delitos de «estafa y asociación ilícita» contra los miembros de Adhemar Capital.
En igual sentido se expresó anteriormente, aunque esta vez, con un fallo emitido por parte del tribunal de la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán en la causa «RT Inversiones» donde le devuelve al juez federal Sebastián Argibay la competencia para investigar a los integrantes de la causa contra RT Inversiones por todos los delitos.
De acuerdo a la información a la que accedió este medio, el fallo emitido por el tribunal de alzada de la vecina provincia en relación a la causa que tiene imputados a Bulacio padre e hijo y otros, el juez retomó la competencia para investigar los delitos de «estafas y asociación ilícita», aunque Argibay solo puede tomar medidas. Es decir, hasta que la Cámara Federal no emita un fallo concreto, abarcando la cuestión de fondo, el juez no puede procesar a los imputados por estos delitos, ni tampoco elevar la causa a juicio.
Por lo tanto, tampoco puede resolver sobre las cuestiones planteadas por las partes debido a que sería una contradicción, ya que al haberse declarado incompetente en ciertos delitos, el magistrado no puede resolver sobre los mismos hasta el tribunal superior se expida. Eso deja en evidencia la existencia de un vacío judicial, el cual ameritaría incluso a la posible presentación de un habeas corpus por parte de los defensores de los imputados, puesto que atenta contra el derecho de defensa.
Cabe recordar que el juez Argibay subroga en la causa contra RT Inversiones al juez federal Miguel Ángel Contreras, quien se inhibió desde un primer momento. Esto motivó que el magistrado oriundo de Santiago del Estero tomara la investigación que, al cabo de tres meses de pesquisa, resolvió procesar a Bulacio padre e hijo y otros por el delito de «intermediación financiera no autorizada». Con respecto a los otros delitos de «estafa y asociación ilícita», decidió declararse incompetente.
Poco tiempo después, esta medida fue reproducida por el juez federal Miguel Ángel Contreras en la causa contra Adhemar Capital, hecho que motivó que la Fiscalía Federal y algunas querellas apelaran las resoluciones y estas fueran elevadas a la Cámara Federal de Apelaciones. Incluso, en ambos casos solicitaron el apartamiento de ambos jueces, pues de estas posturas podría inferirse que se trata de un adelanto de opinión.
Hasta ahora, el tribunal de alzada tucumano solo tomó dos medidas respecto de las causas por las financieras. Una fue rechazar la recusación al juez Argibay y la otra fue ordenar que magistrado retome la competencia en función del artículo 49 de Código de Procedimiento Penal de la Nación.
Vale resaltar que la Justicia provincial ya se había declarado incompetente desde un principio y ante la decisión del juez santiagueño de remitir el expediente por el delito de «estafa y asociación ilícita», estos no habrían planteado el conflicto y sin más miramientos, remitieron los expedientes a la Justicia Federal de Tucumán, que debe resolver sobre la cuestión de fondo.
Sin embargo, este tribunal solo puede decidir en forma provisoria la cuestión de competencia, puesto que quien debe emitir un fallo en relación con este caso es la Corte Suprema de Justicia de la Nación, aunque esto está más alejado en el tiempo y las víctimas continúan sin respuestas y con un manto de incertidumbre.
Lavado de activos
Otra de las cuestiones que llama la atención de las querellas que participan en las diferentes causas es la relación que hace el fiscal federal Antonio Gómez ante la Cámara de Apelaciones de Tucumán. Es que ni Argibay ni Contreras pusieron el foco en investigar el origen de los fondos de los denunciantes para así poder descartar el delito de «lavado de activos». Cabe recordar que ambos magistrados, en sus fallos, habían planteado que «por el momento» no encontraban indicios de este delito, dejando abierta la posibilidad a futuro de una investigación.
No obstante, en la edición anterior de este medio se dejó en evidencia que, en el transcurso de las investigaciones en contra de las ocho financieras en Catamarca, intervino personal de cuatro organismos nacionales, que no aportó pruebas ni solicitó medidas en ninguna de las causas en relación con el delito mencionado.
Se trata, nada más y nada menos, que de Procelac, AFIP, BCRA y la UIF. Actualmente, en el Juzgado Federal de Catamarca hay montada una oficina donde se encuentran instalados, con acceso a los expedientes.
Fuero: Federal
Tribunal: Juzgado Federal de Catamarca
Voces: lavado de dinero, estafa, asociación ilícita
Fuente: elesquiú